¿Puedo registrar una marca con una denominación de origen extranjera?

Descripción del Articulo

¿Puedo registrar una marca con una denominación de origen extranjera? En razón de ello, el supuesto contemplado en el inciso k) del artículo 135 de la Decisión 486, "contengan una denominación de origen protegida", debe entenderse en sentido amplio y no restrictiva, de conformidad con la e...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Comisión de Signos Distintivos, Meloni García, Ray Augusto
Fecha de Publicación:2017
Institución:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
Repositorio:INDECOPI-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/6793
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11724/6793
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Jurisprudencia
Propiedad Intelectual
Decisión 486
Signos Distintivos
Denominación de Origen Extranjera
Descripción
Sumario:¿Puedo registrar una marca con una denominación de origen extranjera? En razón de ello, el supuesto contemplado en el inciso k) del artículo 135 de la Decisión 486, "contengan una denominación de origen protegida", debe entenderse en sentido amplio y no restrictiva, de conformidad con la evolución que ha experimentado la norma en la búsqueda de cumplir con los fines para los que fue establecida Se dispuso DENEGAR el registro. Posteriormente, se presentó recurso de Apelación.
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