El Poder Judicial ratifica que los proveedores que superan las 3000 UIT al año tienen la obligación de enviar al Indecopi los reclamos de los consumidores a través del SIREC

Descripción del Articulo

La Corte Suprema de Justicia ratificó la decisión del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sobre la obligación de los proveedores de productos o servicios con ingresos anuales de más de 3000 unidades impositivas tributarias (UIT) d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
Formato: otro
Fecha de Publicación:2020
Institución:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
Repositorio:INDECOPI-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/7376
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11724/7376
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Sentencia
Poder Judicial
Reclamos
Proveedores
Sistema de Reportes de Reclamaciones
Descripción
Sumario:La Corte Suprema de Justicia ratificó la decisión del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sobre la obligación de los proveedores de productos o servicios con ingresos anuales de más de 3000 unidades impositivas tributarias (UIT) de reportar en el Sistema de Reportes de Reclamaciones (SIREC), los reclamos presentados por los consumidores en el Libro de Reclamaciones.
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