Resolución Nº 0186-2015/CEB-INDECOPI
Descripción del Articulo
Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas dispuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías para operar como Escuela de Conductores: (i) La exigencia de presentar y renovar...
Autor: | |
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Fecha de Publicación: | 2015 |
Institución: | Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual |
Repositorio: | INDECOPI-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/4605 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/11724/4605 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Barreras burocráticas Ministerios Ministerio de Transportes y Comunicaciones Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías |
Sumario: | Se declara que constituyen barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas dispuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías para operar como Escuela de Conductores: (i) La exigencia de presentar y renovar cada año una carta fianza bancaria a favor del Ministerio por el importe de US$ 10 000,00 (diez mil y 00/100 dólares americanos), como requisito para operar como Escuela de Conductores, materializada en el numeral 43.6) del artículo 43° del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC y en los numerales 6) y 7) del artículo 62º del citado texto legal. (ii) La exigencia de presentar un expediente técnico de las características especiales del circuito de manejo como requisito para operar como escuela de conductores, materializada en el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 3634-2013-MTC/15 y sus modificatorias y efectivizada en el Oficio Circular Nº 007-2014-MTC/15.03. (iii) La exigencia de presentar copia de la conformidad de obra del circuito de manejo emitida por la municipalidad competente, en el plazo de nueve (9) meses contados a partir de la fecha del certificado de conformidad del Expediente Técnico de las características especiales del circuito de manejo emitido por la DGTT, materializada en el inciso b) del artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 3634-2013-MTC/15 y sus modificatorias, para operar como escuela de conductores, efectivizada en el Oficio Circular Nº 007-2014-MTC/15.03. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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