El aspecto internacional de la Legislación Social

Descripción del Articulo

Artículo que analiza la acción de la Oficina Internacional del trabajo y su influencia en la legislación social de los países. El autor señala que en un ensayo anterior intentó demostrar cómo el fundamento ideológico de la legislación social, venido de concepciones diversas, había llegado a integrar...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Desmaison, Alejandro, Caja Nacional de Seguro Social
Formato: artículo
Fecha de Publicación:1938
Institución:Seguro Social de Salud
Repositorio:ESSALUD-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.essalud.gob.pe:20.500.12959/1028
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12959/1028
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho del trabajo
Legislación extranjera
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.05
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02
Descripción
Sumario:Artículo que analiza la acción de la Oficina Internacional del trabajo y su influencia en la legislación social de los países. El autor señala que en un ensayo anterior intentó demostrar cómo el fundamento ideológico de la legislación social, venido de concepciones diversas, había llegado a integrarse con tanto vigor, que se ofrecía como base indispensable en todas las orientaciones políticas de trascendencia. Analiza que las Leyes de Indias del imperio español se adelantaron algunos siglos a los generosos postulados de justicia social del siglo XX y nada hay más distante que la doctrina cristiana y las corrientes socialistas, sin embargo, las encíclicas romanas de León XIII y Pío XI convergen en diversos aspectos con los objetivos de la agitación colectivista. Esta sorprendente coincidencia en el campo de las realizaciones, dejando de lado la fundamentación doctrinaria, sustenta los adelantos logrados por la Oficina Internacional del Trabajo, institución encargada de velar por los trabajadores del mundo. Analiza que la trascendencia de la Organización Internacional del Trabajo radica en la concertación de convenios internacionales con objetividad pragmática y teniendo en cuenta la coincidencia mundial. Asimismo, examina otro factor importante en la legislación social, que es el trato igual a los trabajadores extranjeros y nacionales. Señala que podía observarse entonces una acentuada tendencia nacionalista, encaminada a librar al trabajador local de la competencia de los extranjeros, no obstante, la situación legal de nacionales y foráneos, desde el punto de vista de la reparación por accidentes de trabajo, tenía una tendencia paulatina a uniformarse. Concluye que la Organización Internacional del Trabajo, aprovechando la espléndida y compleja organización de los estados integrantes, ha ido impulsando la creación de una frondosa legislación social. Recomienda extraer provecho de esta formidable lección de la experiencia, conciliando el pensamiento racional con la experiencia y la comprensión de la realidad.
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