Legislación Social del Perú

Descripción del Articulo

El 24 de mayo de 1940 se produjo un terremoto que asoló Lima y ciudades vecinas y el gobierno adoptó medidas de emergencia para auxiliar a los damnificados y reintegrar la zona afectada a su ritmo normal. Para ese propósito se debió dictar numerosas disposiciones legales que, consideradas en su conj...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Caja Nacional de Seguro Social
Formato: artículo
Fecha de Publicación:1940
Institución:Seguro Social de Salud
Repositorio:ESSALUD-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.essalud.gob.pe:20.500.12959/1178
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Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Legislación social
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Perú
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En este artículo se transcriben las normas legales ordenadas por fecha de emisión y son las siguientes: - Resolución del 25 de mayo de 1940: Los precios de materiales de construcción no podrán ser alterados - Decreto del 27 de mayo: Plan financiero del estado para la reconstrucción de la zona afectada por el terremoto - Decreto del 27 de mayo: Se nombró al delegado del gobierno en la dirección del plan acordado para el restablecimiento de la normalidad en los balnearios de Chorrillos, Barranco, Miraflores y Surco. - Resolución del 27 de mayo: Los propietarios de las negociaciones industriales y agrícolas del país, para proceder a la reconstrucción de viviendas rurales, deben solicitar previamente la intervención de la Dirección General de Salubridad, la que proporcionará, gratuitamente, planos, presupuestos y la colaboración técnica necesaria. - Decreto Supremo del 27 de mayo: Se elevó al décuplo las multas previstas en las disposiciones vigentes por alteración de precios de las medicinas o especulación sobre las mismas. - Resolución Suprema del 29 de mayo: Reconstrucción y reparación del Hospital de Huacho. - Resolución del 31 de mayo: El Ministerio de Salud Pública, Trabajo y Previsión Social asume el control técnico y la supervigilancia de todas las medidas de sanidad y asistencia técnica en los lugares afectados por el terremoto. - Disposición Municipal del 31 de mayo: Para el arrendamiento de casas-habitación en Lima se precisa la autorización de la Inspección de Obras del Concejo. - Decreto del 31 de mayo: Se prohíbe el alza de los alquileres en Lima y Callao. - Decreto Supremo N° 1274, del 1° de junio: Los propietarios de fundos agrícolas, y de establecimientos industriales situados e n los valles de Lima y Chancay deben construir el alojamiento de sus trabajadores que se destruyó con el terremoto. - Resolución del 1° de junio: El gobierno rescata las frazadas pignoradas en las casas de préstamo de Lima, Callao y balnearios para entregarlas a sus dueños. - Decreto del 4 de junio: El Ministerio de Fomento y Obras Públicas debe construir locales de emergencia para las escuelas fiscales del Callao, en tanto se concluya la edificación de los locales definitivos. - Decreto de Alcaldía del 4 de junio: Disposiciones para la reparación de inmuebles. - Decreto del 4 de junio: Construcción de 15 locales escolares destruidos totalmente en Chorrillos y Barranco. - Resolución del 5 de junio: Labor de Inspección de la Vivienda Obrera en Lima y Callao. - Decreto del 5 de junio: Reparación de 14 locales escolares de Lima. - Decreto del 7 de junio: Edificación de 4 locales escolares destruidos totalmente en Chorrillos y Barranco. - Decreto del 7 de junio: El Ministerio de Fomento y Obras Públicas debe construir 2 locales de emergencia para las escuelas fiscales de Chorrillos. - Decreto del 9 de junio: Distribución equitativa de casas de alojamiento provisional para familias que quedaron sin hogar. - Resolución del 10 de junio: Se nombró una Comisión Adhonorem encargada de efectuar la investigación para determinar si los serios deterioros de los locales de la Escuela Nacional de Agricultura y Veterinaria y de la Estación Experimental Agrícola de La Molina, de reciente construcción, se deben exclusivamente al sismo o han sido agravados por deficiencias en su edificación o ubicación. - Resolución del 12 de junio: Se autoriza a la Junta Departamental Pro Desocupados de Lima, para que ejecute las obras de reparación de los 14 locales escolares indicados en el decreto del 5 de junio. - Oficio N° 270, de fecha 18 de junio, del Director General de Fomento y Obras Públicas al alcalde del Concejo Provincial del Callao, con disposiciones sobre la reparación de inmuebles.application/pdfspaSeguro Social de Salud (EsSalud)PEinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/Legislación socialLeyesPerúhttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.02https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#3.03.05Legislación Social del Perúinfo:eu-repo/semantics/articlereponame:ESSALUD-Institucionalinstname:Seguro Social de Saludinstacron:ESSALUDORIGINALLegislacion Social del Peru - Junio.pdfLegislacion Social del Peru - Junio.pdfapplication/pdf8774043https://repositorio.essalud.gob.pe/bitstream/20.500.12959/1178/1/Legislacion%20Social%20del%20Peru%20-%20Junio.pdf88cd6afa2d5eb99004c9bba2489dfbb8MD51LICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; 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