1
artículo
Publicado 2019
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La presente investigación ha sido titulada: “PROPONER QUE LA CONTESTACION DE LA DEMANDA SE EFECTUE ANTES DE LA FECHA DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACION SEÑALADA EN EL PROCESO ORDINARIO LABORAL”, es decir, que la contestación de la demanda se efectúe antes de la fecha de la audiencia de conciliación, con la finalidad de que el juez también pueda valorar ésta, antes de ir a la mencionada audiencia, y tener conocimiento de las pretensiones de ambas partes, para así poder brindar mejores posibles soluciones que beneficien a ambos; además de ello lograr que las partes decidan conciliar y cumplir con el objetivo de la mencionada audiencia. Con ello se buscar que el juez tenga una posición neutral con respecto al conflicto laboral, y ello lo podrá lograr teniendo en cuenta las peticiones de ambas partes, que permitirá al juez tener una visión amplia de la controversia originada, y...
2
artículo
Publicado 2019
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La presente investigación ha sido titulada: “PROPONER QUE LA CONTESTACION DE LA DEMANDA SE EFECTUE ANTES DE LA FECHA DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACION SEÑALADA EN EL PROCESO ORDINARIO LABORAL”, es decir, que la contestación de la demanda se efectúe antes de la fecha de la audiencia de conciliación, con la finalidad de que el juez también pueda valorar ésta, antes de ir a la mencionada audiencia, y tener conocimiento de las pretensiones de ambas partes, para así poder brindar mejores posibles soluciones que beneficien a ambos; además de ello lograr que las partes decidan conciliar y cumplir con el objetivo de la mencionada audiencia. Con ello se buscar que el juez tenga una posición neutral con respecto al conflicto laboral, y ello lo podrá lograr teniendo en cuenta las peticiones de ambas partes, que permitirá al juez tener una visión amplia de la controversia originada, y...
3
tesis de grado
Publicado 2022
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La presente investigación tiene por objetivo, proponer la regulación expresa de la contestación de la demanda en el artículo 42º de la Nueva Ley Procesal de Trabajo Ley Nº 29497 para evitar la ineficacia de la audiencia de conciliación en los Procesos Ordinarios Laborales; es decir, que la contestación de la demanda se efectúe antes de la fecha de la audiencia de conciliación, con la finalidad de que el juez también pueda valorar ésta, antes de ir a la mencionada audiencia, y tener conocimiento de las pretensiones de ambas partes, para así poder brindar mejores posibles soluciones que beneficien a ambos. Es de tipo de investigación básica; asimismo, la población y muestra de la investigación estuvo conformada por operadores del derecho, como Jueces, Secretarios y Asistentes del Módulo del Juzgado Contencioso Administrativo Laboral – Sede 07 de enero Chiclayo y Modulo ...