Mostrando 1 - 8 Resultados de 8 Para Buscar 'López Alfonsín, Marcelo Alberto', tiempo de consulta: 0.03s Limitar resultados
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El margen de apreciación nacional es una pauta hermenéutica nacida en el Sistema Europeo que profiere a los Estados un margen de deferencia para que interpreten las normas convencionales, atendiendo al contacto más directo que las autoridades nacionales tienen con la sociedad civil. Ello tiene particular aplicación en los casos que involucran derechos económicos, sociales y culturales. Los alcances de esta teoría han trascendido las fronteras hasta ser receptados por el Sistema Interamericano y Argentina, en particular. Las diferencias contextuales permiten realizar una comparación que muestran al Sistema Interamericano en una posición más retrasada respecto a su par europeo. En el caso argentino, se ha reconocido la teoría, pero no ha alcanzado un fructífero desarrollo.
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El trabajo analiza los distintos institutos que forman parte de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 1996. Ésta fue sancionada en ejercicio del poder constituyente originario por una Convención ad hoc que deliberó como consecuencia del nuevo estatus jurídico-político de la Ciudad otorgado por la reforma constitucional nacional argentina de 1994, con la particularidad que su autonomía debe convivir con la condición de Buenos Aires como capital de la República. Se analizan los derechos fundamentales reconocidos y las políticas especiales que en la materia debe seguir el Estado porteño. También el juego institucional entre los distintos poderes –ejecutivo, legislativo y judicial- y los órganos de control, en el marco de un Estado Constitucional de Derecho. Por último, se realiza un balance de la autonomía porteña, que en opinión del autor es una asign...
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La promoción de la democracia ha sido una de las principales misiones del sistema interamericano de derechos humanos. En este sentido, la adopción de la Carta Democrática Interamericana constituye un hito a razón de que representa la síntesis de una serie de mecanismos jurídicos y diplo¬máticos que los Estados miembros fueron desarrollando y proporciona una herramienta valiosa para la defensa colectiva del sistema democrático. Sin embargo, en la actualidad uno de los desafíos de los sistemas regionales es el populismo autoritario que socava la esencia institucional y la calidad de la democracia. Es posible observar que, hasta el momento, las respuestas de la OEA ante situaciones de amenaza del orden constitucional han sido firmes, pero han fallado en reaccionar cuando los presidentes han utilizado los mecanismos democráticos formales para concentrar el poder.
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Se pretende abordar el tema de la responsabilidad por daño ambiental desde una visión innovadora, desde una mirada de la obligación constitucional de recomponer el ambiente. Solamente luego de establecer las bases, alcance y finalidad desde la perspectiva constitucional se estará en condiciones de abordar la cuestión ambiental en el nuevo Código Civil, atendiendo el marco competencial que se establece en el sistema federal argentino, en donde conviven normas de fondo con normas procesales y las leyes especiales de presupuestos mínimos de protección ambiental.
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Este caso emblemático es tomado no solo por la doctrina argentina sino ha recibido una calurosa recepción en la jurisprudencia de los tribunales inferiores y en otras cortes constitucionales tanto de la región como europeas. A más de 25 años y confrontado el mismo con la Opinión Consultiva N° 23 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se analiza la eventual responsabilidad internacional del Estado argentino por violación a este nuevo derecho humano al ambiente sano ya receptado en el corpus iuris interamericano.
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La reforma constitucional de 1994 disparó importantes consecuencias en el sistema político argentino. En trabajos anteriores analizamos su proceso de gestación, los objetivos que la guiaron y su cumplimiento en la práctica político-institucional. Concluimos que la puesta en práctica de la reforma, por medio de la legislación reglamentaria y la práctica política, supone una contrarreforma al espíritu constituyente. Evaluaremos el funcionamiento del Jefe de Gabinete de Ministros y los Decretos de Necesidad y Urgencia. Expondremos cómo la Reforma, que incluye mecanismos del semipresidencialismo y fuertes controles al Poder Ejecutivo, fue utilizada políticamente para la reglamentación de un hiperpresidencialismo.
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El autor de este artículo busca mostrar el largo camino jurídico que Argentina ha debido recorrer para evitar que la impunidad por los crímenes de violación de derechos humanos y genocidio cometidos por gobiernos militares prevalezca gracias a recursos como la Ley de Autoamnistía, conocida también como de Pacificación Nacional, finalmente derogada por el presidente Raúl Alfonsín en diciembre de 1983.Palabras clave: derechos humanos, amnistía, perdón.