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The National Superintendence of Health (Susalud) is the specialized technical agency attached to the Ministry of Health, which is in charge of promoting, protecting and restoring the rights to health services, with quality, opportunity, availability and acceptability. In order to fulfill this purpose, Susalud has the sanctioning power, therefore, it manages the administrative sanctioning or trilateral sanctioning procedure against Health Service Provider Institutions (IPRESS), Health Insurance Fund Administration Institutions (IAFAS) and Health Service Provider Management Units (UGIPRESS). However, Susalud has several contingencies in the charging of the accused, a fact that causes the sanctioning procedures to suffer from defects of nullity from the charging stage, affecting the accused and the complainants, who suffer the legal consequences of a bad start of the procedure. This wo...
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The National Superintendence of Health (Susalud) is the specialized technical agency attached to the Ministry of Health, which is in charge of promoting, protecting and restoring the rights to health services, with quality, opportunity, availability and acceptability. In order to fulfill this purpose, Susalud has the sanctioning power, therefore, it manages the administrative sanctioning or trilateral sanctioning procedure against Health Service Provider Institutions (IPRESS), Health Insurance Fund Administration Institutions (IAFAS) and Health Service Provider Management Units (UGIPRESS). However, Susalud has several contingencies in the charging of the accused, a fact that causes the sanctioning procedures to suffer from defects of nullity from the charging stage, affecting the accused and the complainants, who suffer the legal consequences of a bad start of the procedure. This wo...
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The National Superintendence of Health (Susalud) is the specialized technical agency attached to the Ministry of Health, which is in charge of promoting, protecting and restoring the rights to health services, with quality, opportunity, availability and acceptability. In order to fulfill this purpose, Susalud has the sanctioning power, therefore, it manages the administrative sanctioning or trilateral sanctioning procedure against Health Service Provider Institutions (IPRESS), Health Insurance Fund Administration Institutions (IAFAS) and Health Service Provider Management Units (UGIPRESS). However, Susalud has several contingencies in the charging of the accused, a fact that causes the sanctioning procedures to suffer from defects of nullity from the charging stage, affecting the accused and the complainants, who suffer the legal consequences of a bad start of the procedure. This wo...
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Sobre la base de los conceptos de negociar y regatear, el artículo discute la afirmación de que “diariamente negociamos”. En tal escenario, se pretende mostrar el traslado de una negociación por posiciones a una por intereses, en la línea del Harvard Negotiation Project, a fin de distinguir en el proceso de negociación entre las personas y el problema. De esta manera, se pueden plantear opciones de beneficio mutuo, centrándose en criterios objetivos para ganar en resultados y empatía. El actual contexto del COVID-19, y el entorno de tecnología que urge y supedita, muestra con mayor claridad la necesidad de contar con nuevas habilidades digitales para abordar una negociación. De igual modo, en la conciliación extrajudicial, el conciliador tiene como reto adecuarse al uso de la plataforma virtual y propender al desarrollo de estas habilidades digitales, dentro de un contexto ...
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El arbitraje en el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es especializado y resuelve los conflictos sobre la cobertura del seguro por incapacidad temporal, invalidez permanente, gastos médicos, muerte y gastos de sepelio. El artículo desarrolla la noción, las características, las estadísticas y la experiencia de este tipo de arbitraje. Analiza, además, la problemática que genera su regulación por medio de una norma infralegal (la obligatoriedad debe sustentarse en una ley o norma con rango de ley y no en un reglamento). Por último, el texto pretende brindar una interpretación integral de acuerdo con la cual hoy se está ante un arbitraje facultativo en la medida en que es el asegurado o beneficiario quien decide si el arbitraje debe o no iniciarse.
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El arbitraje en la contratación pública ha tenido un colosal desarrollo en el país, debido a que generalmente los conflictos que involucran contratos con el Estado se resuelven mediante arbitraje. En el presente trabajo se aborda un tema escasamente conocido y desarrollado: el arbitraje en materia de contratación pública en servicios de salud. Este tipo de arbitraje se presenta en las controversias derivadas de los contratos entre el Estado y los establecimientos de salud para brindar atención médica a los asegurados. El Estado celebra contratos como Iafas pública (EsSalud o SIS) con Ipress (clínicas). Este es un arbitraje especializado en salud, en el cual se aplica esencialmente la Ley de Contrataciones del Estado, su reglamento y la normativa sanitaria correspondiente. El trabajo brinda ideas centrales con base en la experiencia del autor.
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La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) es el organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, que se encarga de promover, proteger y restituir los derechos a los servicios de salud, con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad. Para cumplir con tal finalidad, Susalud cuenta con la potestad sancionadora, por lo que gestiona el procedimiento administrativo sancionador o trilateral sancionador contra las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) y Unidades Gestoras de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS). No obstante, Susalud tiene diversas contingencias en la imputación de cargos realizada a los denunciados; hecho que genera que los procedimientos sancionadores sufran vicios de nulidad desde la imputación, afectándose a los administrados, ...
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Mediante la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, Ley N° 26790, se re-gula el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) en el sistema peruano, un seguro de caracter obligatorio a cargo del empleador en beneficio de los trabajadores que realizan labores de alto riesgo, a fin de dar cobertura a siniestros laborales como accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. No obstante, una de las problemá-ticas es el dictamen, informe o examen médico que sirve de sustento para determinar el beneficio económico a favor del asegurado una vez suscitado el siniestro, debido a que en el mismo procedimiento pueden presentarse innumerables dictámenes, informes o examenes médicos con o sin menoscabos, lo que generan incertidumbre sobre su real condición de invalidez. En tal sentido, se reflexiona sobre el SCTR en el sistema peruano y desarrolla los pronunciamientos de...
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La Administración pública no tiene la potestad para instruir y sancionar por tiempo infinito. Esta es una garantía constitucional y legal. La prescripción y la caducidad administrativas son figuras jurídicas reguladas en los procedimientos sancionadores. La primera se analiza desde la potestad para determinar la responsabilidad administrativa; la segunda, como la duración máxima del procedimiento sancionador. La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) cuenta con la potestad sancionadora para reprimir toda acción u omisión de las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) y las unidades gestoras de IPRESS, que afecten el derecho a la salud de los consumidores y usuarios de los servicios de salud. El artículo desarrolla, desde el ámbito doctrinal y casuístico, la prescripción y la caducid...
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La conciliación extrajudicial es un mecanismo autocompositivo de solución de conflicto que, como regla general, es obligatorio antes de iniciar un proceso judicial. El artículo desarrolla su noción, características y critica la obligatoriedad de la conciliación como requisito de procedibilidad antes de acudir a la vía judicial. Finalmente, los autores comentan y reflexionan sobre la última reforma sustancial en el sistema conciliatorio, la misma que se produce con la Ley 31165, norma que incorpora en el Perú las audiencias de conciliación por medios electrónicos, a consecuencia de la pandemia del COVID-19, como una posibilidad ante su presencialidad.
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La protección del derecho a la salud busca hacer efectivo su acceso en condiciones de calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, tal como consagra el Derecho internacional. En el plano local, en el año 2013, el Perú decide reformular el sistema de protección de salud en beneficio del paciente. Sobre la base de una bibliografía relevante y la experiencia del autor, el artículo reflexiona sobre el actual sistema dirigido por la Superintendencia Nacional de Salud y lo considera un referente en América Latina, pues otorga al Estado la capacidad para sancionar administrativamente cualquier exceso de las empresas prestadoras y financiadoras de salud y, al mismo tiempo, provee eficaces espacios alternativos, a la vía judicial, para solucionar cualquier controversia en materia de salud.