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tesis de grado
Publicado 2024
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El trabajo evalúa si el principio de seguridad jurídica en la aplicación de la declaratoria de rebeldía se encuentra afectado. Sobre ello, se propone la hipótesis de que efectivamente existe una vulneración contra dicho principio, la misma que se produce cuando el juez aplica la técnica de la prueba de oficio bajo los parámetros de la sexta regla del X Pleno Casatorio Civil sobre hechos en los que se declaró previamente la presunción legal relativa de verdad. El trabajo desarrolla principalmente que la sexta regla del X Pleno Casatorio Civil vulnera el principio de seguridad jurídica, debido a que su aplicación desconoce o incluyo niega la importancia de la existencia de la convicción judicial como presupuesto para que el juzgador llegue a la conclusión de declarar la presunción legal relativa de verdad. Asimismo, la sexta regla desconoce la importancia de la ausencia de c...
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tesis de grado
Publicado 2023
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El presente trabajo busca cuestionar los argumentos utilizados por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema en la Sentencia Casatoria N° 1888-2012- CUSCO para impedir que una hipoteca sea transferida vía cesión de derechos junto con la no caducidad adquirida en su constitución. La postura que adopta la Sala Suprema se basa esencialmente en que el cesionario no es una empresa del Sistema Financiero y en que la no caducidad es una facultad de las empresas del Sistema Financiero y no un privilegio de la hipoteca. Sobre los argumentos planteados por la Sala Suprema, en el trabajo se desarrollan contraargumentos sólidos, en los que se sustenta la relevancia de la situación jurídica de crédito por sobre la persona posicionada y la nula razón jurídica para denominar facultad a algo que técnicamente no lo es. Asimismo, se explora la posibilidad de actualizar el concepto de privile...
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tesis de grado
Publicado 2023
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El presente trabajo busca cuestionar los argumentos utilizados por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema en la Sentencia Casatoria N° 1888-2012- CUSCO para impedir que una hipoteca sea transferida vía cesión de derechos junto con la no caducidad adquirida en su constitución. La postura que adopta la Sala Suprema se basa esencialmente en que el cesionario no es una empresa del Sistema Financiero y en que la no caducidad es una facultad de las empresas del Sistema Financiero y no un privilegio de la hipoteca. Sobre los argumentos planteados por la Sala Suprema, en el trabajo se desarrollan contraargumentos sólidos, en los que se sustenta la relevancia de la situación jurídica de crédito por sobre la persona posicionada y la nula razón jurídica para denominar facultad a algo que técnicamente no lo es. Asimismo, se explora la posibilidad de actualizar el concepto de privile...