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artículo
Publicado 2014
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La justicia no es un valor que atañe solo a los operadores del Derecho, sino que constituye un valor propio de cada ser humano, no importando su condición social, nivel de educación, sexo, edad, raza, etnia o credo, pues ella pretende materializar sus derechos específicos, de manera especial a favor de las poblaciones más vulnerables en nuestras sociedades. Pero existen diversas barreras a ser superadas para que pueda beneficiar efectivamente a cada uno en el caso concreto, o a determinadas poblaciones por sus singulares características. Una de ellas es la poca o nula información con la que cuenta el ciudadano de a pie, tanto en el ámbito urbano como rural, en los pueblos apartados de nuestro enorme y diverso territorio, situación que se agrava en aquellos grupos humanos en los que existen mayores niveles de pobreza, lo que incluso puede ocasionar en su caso que tal grado de vul...
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tesis de grado
Publicado 2006
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El 06 de julio de 2001 fue promulgada la Ley N° 27495 que estableció como dos nuevas causales para acceder al divorcio en nuestro país a las siguientes: “La imposibilidad de hacer vida en común, debidamente probada en proceso judicial; y la separación de hecho de los cónyuges durante un período ininterrumpido de dos años. Dicho plazo será de cuatro años si los cónyuges tuviesen hijos menores de edad (…) Casi inmediatamente después de publicada esta Ley, se hizo evidente la polémica que en la presente investigación pretendemos dilucidar, es decir, qué tan conveniente ha sido que se establezcan las causales antes mencionadas y cuál es su connotación jurídica: liberalidad o solución; ¿Qué diferencia existe entre la causal de “imposibilidad de hacer vida en común” y la de “separación de hecho” ?, etc. Teniendo en cuenta que este tema no puede ser analizado ...