Análisis e interpretación de la resolución Nº2505-2022-TCE-S3 emitida por el tribunal de contrataciones del estado del organismo supervisor de contrataciones del estado correspondiente a la licitación pública Nº002-2022-MDLT/CS-1
Descripción del Articulo
La empresa donde se desarrolló la experiencia profesional, se dedica a licitar obras públicas con todas las entidades del Estado, el problema afrontado inicia cuando la Municipalidad Distrital de la Tinguiña, en adelante LA ENTIDAD, califica erróneamente a la empresa Aro Constructora y Mineros E.I.R...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Privada del Norte |
Repositorio: | UPN-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/37672 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11537/37672 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho administrativo Contrataciones del estado Administración pública Tribunal de contrataciones Selección pública Organismo supervisor Legislación https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La empresa donde se desarrolló la experiencia profesional, se dedica a licitar obras públicas con todas las entidades del Estado, el problema afrontado inicia cuando la Municipalidad Distrital de la Tinguiña, en adelante LA ENTIDAD, califica erróneamente a la empresa Aro Constructora y Mineros E.I.R.L., en adelante EL IMPUGNANTE, y la elimina de la L.P. Nº002-2022-MDLT/CS. Es por este motivo que EL IMPUGNANTE, presenta recurso de apelación, en adelante RECURSO, ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante EL TRIBUNAL, considerando que tenía razones para ganar la buena pro. Durante el proceso de apelación, EL IMPUGNANTE, presenta pruebas ante EL TRIBUNAL, y demuestra fehacientemente que tiene la razón, y que le corresponde ser calificado y obtener la buena pro, EL TRIBUNAL le da la razón a EL IMPUGNANTE, por las causales que fue eliminado por la ENTIDAD, pero no le otorga la buena, por motivos diferentes a los observados por LA ENTIDAD. Asimismo, la empresa CONSORCIO ATENAS, en adelante EL ADJUDICATARIO, presente recurso para defender su adjudicación, ratificando lo actuado por LA ENTIDAD, agregando que EL IMPUGNANTE, debía presentar, resoluciones de aprobación de adicionales de obra, motivo por el cual EL TRIBUNAL le da la razón a EL ADJUDICATARIO. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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