Incorporar la prohibición de la convivencia involuntaria entre adolescentes en la Ley N° 31945

Descripción del Articulo

En el presente estudio se investigó como influyó la prohibición de la convivencia involuntaria entre adolescentes durante la capacidad de ejercicio plena en la Ley N° 31945, teniendo entre sus objetivos el de determinar la prohibición de la convivencia involuntaria entre adolescentes durante la capa...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Laban Melendrez, Rut Magdalena, Sarabia Santos, Veronika Maria
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/14751
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/14751
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Costumbre
Normas supranacionales
Principio de unidad de concentración
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente estudio se investigó como influyó la prohibición de la convivencia involuntaria entre adolescentes durante la capacidad de ejercicio plena en la Ley N° 31945, teniendo entre sus objetivos el de determinar la prohibición de la convivencia involuntaria entre adolescentes durante la capacidad de ejercicio plena en la Ley N° 31945; contando con una investigación de tipo básica, con metodología cualitativa, investigación dogmática jurídica, enfocada en análisis documental y utilizó como instrumento la entrevista; y generó los siguientes resultados respecto a que la Ley N° 31945 no ha contado con un adecuado marco normativo respecto a la convivencia involuntaria y además colisiona con normas supranacionales y se viola los derechos fundamentales de los menores; tiene una deficiencia respecto a la evaluación de normas tanto nacionales como supranacionales en la fundamentación de la Ley N° 31945; la Ley N° 31945 afecta los derechos constitucionales de los menores de edad y que la norma no ha solucionado la incapacidad legal de los menores y que la Ley N° 31945 no cuenta con la coherencia que exige la doctrina y la jurisprudencia, por no haberse profundizado la problemática existente de los menores de edad; contando entre sus conclusiones respecto de la Ley N° 31945 no tiene un marco normativo referido a la convivencia involuntaria, habiendo colisión con la normatividad supranacional, cuenta con deficiencias en la evaluación de aspectos normativos nacionales y supranacionales respecto a su fundamentación que afecta y viola derechos constitucionales de los menores de edad y no guarda coherencia respecto a la exigencia de la doctrina y jurisprudencia.
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