El régimen de la responsabilidad civil en las economías colaborativas: A propósito del fenómeno Uber

Descripción del Articulo

Uber es una empresa multinacional con sede en San Francisco que opera en diversos países del mundo bajo las reglas de la economía colaborativa lo cual le permite autocalificarse como una empresa tecnológica de intermediación que se ocupa de conectar a un usuario-pasajero con un usuario conductor pre...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Fernandez Soncco, Eder Edu, Turpo Huanca, Milagros Sadyth
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Nacional de San Agustín
Repositorio:UNSA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsa.edu.pe:20.500.12773/13812
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12773/13812
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Economía colaborativa
Responsabilidad civil
Uber
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Uber es una empresa multinacional con sede en San Francisco que opera en diversos países del mundo bajo las reglas de la economía colaborativa lo cual le permite autocalificarse como una empresa tecnológica de intermediación que se ocupa de conectar a un usuario-pasajero con un usuario conductor previo al registro y aceptación de los términos y condiciones diseñados para eximir de cualquier tipo de responsabilidad a esta empresa. Uber se amparaba en los principios de libertad empresarial y autorregulación del mercado para operar bajo la nomenclatura de “empresa de intermediación tecnológica”, sin embargo, conforme se demuestra en la presente investigación, este modelo de negocio pretende desconocer la legislación nacional principalmente en lo referido al régimen de responsabilidad en accidentes de tránsito que conforme al artículo 29 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre es solidaria entre el conductor, el propietario del vehículo y la empresa prestadora de servicios. Es por ello que, urge la necesidad de considerar legislativa o jurisprudencialmete a Uber como una empresa prestadora de servicios de trasporte de taxi – esto ya ocurrió en Colombia, Argentina, España, Alemania, Brasil, etc – a fin de poder aplicar el supuesto de responsabilidad objetiva por riesgo conforme a los términos del artículo 1970° del Código Civil peruano y obtener así, el efectivo resarcimiento de los daños irrogados a los usuarios de trasporte de taxi por aplicativo.
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