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Necesidad de modificar la Improcedencia del abandono en procesos que contiendan pretensiones de propiedad y la observancia del principio de legalidad

Descripción del Articulo

El abandono, tal como lo prevé el Código Procesal Civil en el artículo 346°, es el castigo al sujeto procesal que ha permanecido inactivo por más de cuatro meses; pero el mismo cuerpo legal en el artículo 350° establece las causales de improcedencia del abandono, específicamente en el numeral 3) cua...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Aguilar Ramirez, Angela Priscila, Mendoza Cordova, Gisela Vanesa
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/121600
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/121600
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Abandono procesal
Pretensión
Imprescriptibilidad
Propiedad
Improcedencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El abandono, tal como lo prevé el Código Procesal Civil en el artículo 346°, es el castigo al sujeto procesal que ha permanecido inactivo por más de cuatro meses; pero el mismo cuerpo legal en el artículo 350° establece las causales de improcedencia del abandono, específicamente en el numeral 3) cuando las pretensiones sean imprescriptibles, existiendo un debate jurídico aún pendiente de resolver, puesto que el Pleno Distrital Civil apoya la inaplicación de la improcedencia del abandono, el Código Procesal Civil aún lo mantiene vigente, razón por la cual se considera necesario modificar el numeral 3 del artículo 350° del Código Procesal Civil, a fin de garantizar la observancia de los alcances del Principio de Legalidad Constitucional. Además, teniendo en cuenta que el proceso civil se inspira en principios, entre ellos tenemos el principio de impulso de parte como regla general, el cual tiene como fin la celeridad procesal, y con ello se busca que los procesos judiciales no sean eternos, sino que estos concluyan con sentencia sobre el fondo, y dentro de un plazo razonable, pero mientras tengamos vigente la improcedencia del abandono genera el incremento de la carga procesal, puesto que el juez se encuentra imposibilitado de declarar el abandono del proceso pese a la inactividad de las partes. El desarrollo de la investigación se presenta con enfoque cualitativo de tipo básico, ya que la finalidad de esta investigación es realizar aportes teóricos, y contribuir a resolver problemas ya existentes para validar resultados por lo que dicha investigación busca conocer un determinado hecho para una posible solución. En conclusión, se modificó la necesidad de modificar el numeral 3 del artículo 350 del Código Procesal Civil, ya que no hay uniformidad de criterio al momento de declarar la improcedencia del abandono respecto de los procesos vinculados al derecho de propiedad.
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