El trabajo remoto y la verificación de hechos en la inspección de trabajo en la SUNAFIL, Lima, 2021
Descripción del Articulo
El presente estudio se titula “El trabajo remoto y la verificación de hechos en la inspección de trabajo en la SUNAFIL, Lima, 2021”. Se plantea como objetivo general fundamentar por qué el trabajo remoto afecta la verificación de hechos en la inspección de trabajo en la Sunafil, Lima, 2021. La metod...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2022 |
Institución: | Universidad Cesar Vallejo |
Repositorio: | UCV-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/100774 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12692/100774 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Trabajo Remoto Inspección de trabajo Protocolo https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El presente estudio se titula “El trabajo remoto y la verificación de hechos en la inspección de trabajo en la SUNAFIL, Lima, 2021”. Se plantea como objetivo general fundamentar por qué el trabajo remoto afecta la verificación de hechos en la inspección de trabajo en la Sunafil, Lima, 2021. La metodología se basa en un enfoque cualitativo, en un diseño de teoría fundamentada de tipo básica de investigación, como técnicas de recolección de datos se empleó la entrevista, el análisis doctrinario, normativo y jurisprudencial con sus respectivos instrumentos como la guía de preguntas de entrevista, guía de análisis de fuente documental doctrinario, normativo y jurisprudencial. Como participantes se contó con supervisores inspectores de trabajo, inspectores de trabajo e inspectores auxiliares, especialistas en la aplicación de las normas sociolaborales y que laboran el Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral. El método de análisis de datos empleados fue la hermenéutica jurídica a partir de la cual se elaboró los resultados y la discusión y se concluyó que las actuaciones inspectivas virtuales de SUNAFIL, no favorecen la verificación de hechos en la inspección de trabajo, dado que no permiten que el inspector de trabajo pueda aplicar el principio de primacía de la realidad vulnerando derechos fundamentales (artículos 24º, 25º y 26º de la Constitución Política). |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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