La ineficacia de la reparación civil en el proceso penal y el derecho al resarcimiento del daño de la víctima

Descripción del Articulo

El proceso penal se muestra actualmente ineficaz, muestra de esa deficiencia, se materializa en la actuación de los jueces penales para determinar la reparación civil. Ello se debe a que las resoluciones judiciales expedidas por los jueces penales, carecen de motivación en el extremo de la reparació...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Oblea Silva, Yamiz Jonathan
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2011
Institución:Universidad Cesar Vallejo
Repositorio:UCV-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ucv.edu.pe:20.500.12692/139588
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12692/139588
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Proceso penal
Reparación civil
Tribunal Constitucional
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El proceso penal se muestra actualmente ineficaz, muestra de esa deficiencia, se materializa en la actuación de los jueces penales para determinar la reparación civil. Ello se debe a que las resoluciones judiciales expedidas por los jueces penales, carecen de motivación en el extremo de la reparación civil, es decir, los jueces penales solo se limitan a fijar el monto de la reparación civil, a establecer a quien le corresponde cumplir con dicha obligación pecuniaria y el beneficiario de dicha suma dineraria. Sin embargo, se omite consignar taxativamente las razones o criterios que lo condujeron al juez a determinar la formula resarcitoria, vale decir, los jueces omiten poner de manifiesto las razones, argumentos o criterios que se han tomado en consideración a fin de determinar el monto de la reparación civil. Sobre el particular, es preciso indicar que este problema se encuentra íntimamente vinculado con la motivación judicial; la motivación es un deber de los órganos jurisdiccionales y a la vez un derecho de los justiciables, y su importancia es de tal magnitud que constituye un elemento del debido proceso. Es así que cuando los jueces penales, motivan su sentencia, satisfacen la necesidad de que las partes conozcan los fundamentos de su decisión y de ser contrario a sus intereses, poder impugnar la resolución judicial. Desde esta perspectiva, la motivación no solo involucra a las partes y a los órganos jurisdiccionales, sino también a la comunidad en su conjunto, puesto que le permite controlar, supervisar el ejercicio de la actividad jurisdiccional. En general, las resoluciones judiciales no deben ser resultado de la arbitrariedad en que se ejerce el poder jurisdiccional, de un vago razonamiento carente de asidero legal, ni de razonamientos abstractos, ambiguos, puesto que quien incurre en motivar las resoluciones judiciales, incurre en nulidad; por adolecer la resolución de un defecto insubsanable que vulnera el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva.
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).