Actos jurídicos celebrados por mayores de dieciseis y menores de dieciocho años, a propósito del Decreto Legislativo Nro. 1384

Descripción del Articulo

El presente estudio, titulado “Actos jurídicos celebrados por mayores de dieciséis y menores de dieciocho años, a propósito del Decreto Legislativo Nro. 1384”, tiene como objetivo primordial, determinar el alcance de la normativa, frente a los diversos actos jurídicos realizados por los jóvenes de d...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Carazas Chipana, Karolina
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
Repositorio:UNSAAC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unsaac.edu.pe:20.500.12918/9886
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12918/9886
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Acto jurídico
Menores de edad
Código civil
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente estudio, titulado “Actos jurídicos celebrados por mayores de dieciséis y menores de dieciocho años, a propósito del Decreto Legislativo Nro. 1384”, tiene como objetivo primordial, determinar el alcance de la normativa, frente a los diversos actos jurídicos realizados por los jóvenes de dieciséis a dieciocho años. Presenta una metodología de enfoque cualitativo, puesto que se orienta a descubrir el sentido y significado de las acciones sociales, sin realizar un análisis estadístico de sus variables de estudio. Así mismo un diseño no experimental, tipo de investigación básico y alcance explicativo, ya que los estudios con dicha profundidad, pretenden encontrar razones o causas que generan hechos reales. La población está conformada por los casos hipotéticos o reales de la celebración de actos jurídicos, por menores de dieciséis a dieciocho años, para lo cual se aplicó la técnica de la entrevista, que, por medio de la aplicación del instrumento de cuestionario, el cual fue aplicado a nuestra unidad de información, abogados del área civil, permitió obtener la información necesaria para dar respuesta al problema planteado. Por tanto, de la investigación se considera que el Decreto Legislativo 1384, modificó el artículo 1358 del Código Civil; solo para mencionar que las personas con capacidad de ejercicio restringido, detallado en el artículo 44, numeral 4, 6, 7 y 8; tienen la capacidad de realizar contratos relacionados con sus necesidades básicas; no considerando a los menores de 16 a 18 años, sin tomar en cuenta que si son capaces para ejercer ciertos derechos y obligaciones …
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