APLICACIÓN DE MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS PARA REHABILITAR AL ADOLESCENTE INFRACTOR EN EL PERÚ

Descripción del Articulo

El objetivo trazado  en la presente investigación fue proponer la modificación de algunas medidas socioeducativas contempladas en el Capítulo VII del Código de los Niños y los Adolescentes, Ley N° 2733 que sirva a los operadores del derecho, especialmente Jueces de Familia, su aplicación eficaz en l...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Núñez Ramírez, Mónica Charito, Perales Ramirez, Julia Yrina, Sotomayor Nunura, Gioconda Del Socorro, Mejía Chumán, Rosa María
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2016
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:Revistas - Universidad Señor de Sipán
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:ojs.revistas.uss.edu.pe:article/335
Enlace del recurso:https://revistas.uss.edu.pe/index.php/tzh/article/view/335
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Adolescente infractor
inimputabilidad
medidas socio-educativas
rehabilitación
responsabilidad penal del adolescente infractor.
Jurídicas
Descripción
Sumario:El objetivo trazado  en la presente investigación fue proponer la modificación de algunas medidas socioeducativas contempladas en el Capítulo VII del Código de los Niños y los Adolescentes, Ley N° 2733 que sirva a los operadores del derecho, especialmente Jueces de Familia, su aplicación eficaz en la acción rehabilitadora del adolescente infractor.  Fue una investigación aplicada, explicativa y causal,  para la obtención de las sub-hipótesis, se requirió aplicar: a) La técnica del análisis documental, donde se manejó instrumentos de recolección de datos que permitió conocer lo concerniente a los Planteamientos Teóricos, Normas y Legislación Comparada; b) La técnica de la encuesta, que tuvo como informantes a jueces, fiscales, abogados, policías, trabajadores del centro de rehabilitación, adolescentes infractores, estos datos fueron analizados e incorporados al trabajo de investigación como información relevante que permitió contrastar la hipótesis con la realidad.  En resultados obtenidos, Fiscales y Jueces concuerdan  en el 60%, que las medidas socioeducativas contemplada en el capítulo VII del Código del Niño y del Adolescente sí podrían ser modificadas acorde al artículo 235, de Internamiento, el 20% indican el Artículo 234. Libertad restringida, mientras que 20% restantes indican las otras medidas socioeducativas.  Como conclusiones se aprecian Empirismos Normativos por parte de la comunidad jurídica en cuanto a las medidas socioeducativas, en la norma interna que rige en esa realidad, no se ha incorporado en su enunciado, no está actualizado o no considera; un planteamiento teórico directamente relacionado. 
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