Informe Jurídico sobre la Casación N° 1947-2023-ICA

Descripción del Articulo

Dentro de este informe jurídico se analizará el recurso de casación N.º 1947-2023 ICA, presentado por su abogado del Sr. CRISTHIAN MIGUEL UTIHUA SALAZAR en oposición a la sentencia de la Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Ica. Este acontecimiento segui...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Pintado Alberca, Merly
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Privada Norbert Wiener
Repositorio:UWIENER-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uwiener.edu.pe:20.500.13053/13723
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13053/13723
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Procedimiento legal
Derecho penal
Sanción penal
Legal procedure
Criminal law
Penal sanctions
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas
Descripción
Sumario:Dentro de este informe jurídico se analizará el recurso de casación N.º 1947-2023 ICA, presentado por su abogado del Sr. CRISTHIAN MIGUEL UTIHUA SALAZAR en oposición a la sentencia de la Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Ica. Este acontecimiento seguido contra el Sr. CRISTHIAN MIGUEL UTIHUA SALAZAR por el ilícito contra el patrimonio en modo de extorsión agravada, se aborda dos cuestiones jurídicas centrales: responsabilidad restringida por la edad, regulada en el articulado 22 del Código Penal, y la disminución del quantum punitivo, aspectos vinculados al principio de proporcionalidad y el respeto de la igualdad ante la ley. Cabe señalar que el condenado tenía veinte años de edad cuando se suscitaron los hechos, del mismo modo siendo sentenciado en primera instancia a una sanción privativa de libertad de quince años, siendo corroborada en segunda instancia. Sin embargo, se cuestionó la omisión de considerar su responsabilidad restringida por la edad, pese a ser un requisito tipificado en el marco normativo vigente. El alto tribunal admitió dicho recurso de casación y determinó que las decisiones de las instancias inferiores vulneraron tanto en principio de proporcionalidad como el derecho fundamental a la igualdad, ordenando una nueva determinación de la pena ajustada a las circunstancias del procesado. Por último, cabe señalar que este informe se divide cuatro partes: la relación de los principales hechos del caso; la identificación y descripción de los problemas jurídicos involucrados y, el análisis jurídico de los problemas identificados y la resolución emitida.
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