Informe Jurídico sobre Casación N° 412-2020

Descripción del Articulo

En el siguiente informe jurídico se procederá a examinar el procedimiento contencioso administrativo sancionador recaído en la Casación N° 412-2020, este tiene inicio con la demanda expuesta por parte del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) y como el demandado la Municipalida...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Jimenez Gutierrez, Evelyn Franchesca
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Privada Norbert Wiener
Repositorio:UWIENER-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uwiener.edu.pe:20.500.13053/13717
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13053/13717
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Responsabilidad social
Sanción penal
Análisis causal
Social responsibility
Penal sanctions
Causal analysis
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas
Descripción
Sumario:En el siguiente informe jurídico se procederá a examinar el procedimiento contencioso administrativo sancionador recaído en la Casación N° 412-2020, este tiene inicio con la demanda expuesta por parte del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) y como el demandado la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, buscando como fin que se declare nulas: Resolución Gerencial N° 125-2013-GCSC-MDMM y Resolución de Sanción N° 14086-2013-SGS-GCSC. Consecutivamente, el fallo expedido por el Décimo Cuarto Juzgado Contencioso Administrativo de Lima declara infundada la demanda presentada por SEDAPAL, al encontrarse responsable por no haber solicitado la autorización correspondiente para ejecución de obras a la Municipalidad de Magdalena del Mar, autorización que necesitaba cuando la empresa contratista a su cargo era Consorcio Rímac Centro, cumplía con sus labores en la vía pública. El 20 de octubre de 2016, SEDAPAL presenta un recurso impugnatorio de apelación ante la Cuarta Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo en contra de la Resolución N° 06 del 28 de septiembre de 2016, el cual decide revocar la resolución en mención que resolvió en su momento como infundada la demanda presentada por SEDAPAL y en consecuencia es declarada fundada; por lo tanto, se declararon nulas: Resolución Gerencial N° 125-2013-GCSC-MDMM y la Resolución de Sanción N° 14086-2013-SGS-GCSC. Finalmente, la Municipalidad de Magdalena del Mar presenta recurso de casación el 28 de octubre de 2019 frente la Corte Suprema en oposición a la Resolución N° 11 del 09 de septiembre de 2019, que revocó la Resolución N° 06 del 28 de septiembre de 2016, señalando como infracción el artículo 139° inciso 5 de la Constitución Política del Perú y la infracción del artículo 1186° del Código Civil. Prosiguiendo con el informe, se analizar e identificar los primordiales enigmas jurídicos de la Casación N° 412-2020, según la normativa actualizada y se brindará una posición fundamentada frente al caso.
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