Criterios jurídicos de interpretación de la originalidad para la resolución de conflictos por plagios de obras musicales, Indecopi, 2013 al 2023

Descripción del Articulo

Dentro de un contexto impredecible de la búsqueda de justicia en cuanto a plagios de obras musicales, nace la motivación de determinar qué criterios jurídicos de interpretación de la originalidad para la resolución de conflictos por plagios de obras musicales, existentes entre el 2013 al 2023, se de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Perez Chacon, Jean Piere Jhonathan Josue
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Privada del Norte
Repositorio:UPN-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/37946
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11537/37946
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho de autor
Propiedad intelectual
Composición musical
Obra musical
Plagio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Dentro de un contexto impredecible de la búsqueda de justicia en cuanto a plagios de obras musicales, nace la motivación de determinar qué criterios jurídicos de interpretación de la originalidad para la resolución de conflictos por plagios de obras musicales, existentes entre el 2013 al 2023, se deberían aplicar en el Perú, para ello, se desarrolló la presente investigación bajo el diseño cualitativo, recolectándose datos a partir de entrevistas realizadas a dos grupos de personas: uno, conformado por abogados especialistas en derechos de autor y el otro, por músicos profesionales o empíricos que se dediquen a la composición de música, posteriormente, se analizó jurisprudencia administrativa y judicial; y finalmente, legislación comparada. Como resultado de lo anterior, se determinó que el mejor criterio de interpretación de la originalidad de una obra musical será buscar similitud en la unidad de los tres elementos de la música, que son la melodía, armonía y ritmo, lo cual no bastará si antes no se realiza una reforma legislativa que brinde una definición como tal de la originalidad que no resulte limitativa a la creación de nuevas obras, y así, se de mayor alcance sobre qué debe ser objeto de protección frente a un presunto plagio.
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