Aplicación del criterio de daño desproporcionado en la responsabilidad civil médica derivada de la cirugía estética

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RESUMEN La presente investigación se basa en el análisis sobre el daño desproporcionado a partir del criterio jurisprudencial aplicado con mayor influencia por el Tribunal Supremo de España, para resolver los casos sobre responsabilidad civil médica; esto por ausencia de aplicación específica en sed...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Plasencia Vargas, Diana Elizabeth
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2014
Institución:Universidad Privada del Norte
Repositorio:UPN-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/9144
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11537/9144
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Responsabilidad civil
Responsabilidad médica
Cirugía
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:RESUMEN La presente investigación se basa en el análisis sobre el daño desproporcionado a partir del criterio jurisprudencial aplicado con mayor influencia por el Tribunal Supremo de España, para resolver los casos sobre responsabilidad civil médica; esto por ausencia de aplicación específica en sede nacional sobre el mencionado tema del daño desproporcionado. El referido criterio ha de permitir identificar elementos y presupuestos jurídicos facilitadores de la calificación de la conducta negligente del médico, que provocó en contra del paciente un resultado no usual o inesperado según las reglas de la experiencia médica. Así mismo, se pretende aplicar dicho criterio, en el ámbito de la medicina voluntaria -cirugía estética-, como clave cardinal para regular las conductas de los cirujanos plásticos, en base a un solo concepto: si el daño que presenta el paciente no es proporcional al resultado usualmente esperado, se presume una conducta negligente por parte del médico durante el desarrollo de dicha intervención médica; y por tanto, teniendo en cuenta la naturaleza obligacional que implica esta cirugía, no sólo se analizará la obligación de resultado, sino también las obligaciones de medios por el riesgo que implica dicha intervención quirúrgica. La investigación fluye a partir de haberse encontrado contraposición de opiniones que argumentan los jueces en sus sentencias, no siendo precisos en la calificación de la responsabilidad civil de los médicos, dejando en muchos casos, a los pacientes perjudicados, sin posibilidad concreta de efectivizar el derecho que les asiste a ser indemnizados, porno analizar –aquellos- criterios importantes como la gravedad del daño, entre otros. Durante el desarrollo de la presente, se revisó doctrina nacional y extranjera, como también la legislación y jurisprudencias pertinentes. En tal sentido, se ha arribado a concluir que en un ordenamiento jurídico como el nacional si es posible la aplicación del criterio del daño desproporcionado en la calificación de la responsabilidad civil médica derivada de una cirugía estética, en base a los presupuestos jurídicos que sostiene, cuando se trate de analizar la negligencia del médico durante el procedimiento quirúrgico como generadora del daño desproporcionado que se genera contra el paciente.
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