La publicidad digital en redes sociales de Facebook e Instagram y el impuesto a la renta que generan los influencers en el Perú – 2021
Descripción del Articulo
La presente investigación tiene como objetivo determinar las formas en que la publicidad digital de los Influencers en redes sociales de Facebook e Instagram está gravada con el Impuesto a la Renta. Investigación básica de enfoque cualitativo, nivel descriptivo y aplicación inductiva. La muestra no...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2022 |
Institución: | Universidad Privada del Norte |
Repositorio: | UPN-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/29789 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/11537/29789 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho tributario Impuesto a la renta Publicidad Redes sociales Influencers https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación tiene como objetivo determinar las formas en que la publicidad digital de los Influencers en redes sociales de Facebook e Instagram está gravada con el Impuesto a la Renta. Investigación básica de enfoque cualitativo, nivel descriptivo y aplicación inductiva. La muestra no probabilística corresponde a expertos en materia tributaria utilizando la técnica de entrevista semiestructurada, análisis de datos deductivo comparativo. Se confirmaron dos hipótesis correspondientes a la generación de Tercera y Cuarta Categoría de Impuesto a la Renta, dependiendo cómo se materialice la actividad y se considera posible relación con la Renta de Quinta Categoría. Se formula criterio apartado respecto a la Renta de Primera Categoría al considerar que el espacio digital utilizado en redes sociales no genera derechos correspondientes a la propiedad, no correspondiendo la consideración de su enajenación. Se concluye que, respecto al problema general de la investigación, la generación de determinada Categoría del Impuesto a la Renta dependerá del caso en concreto, que por regla general debe considerarse solo la expresión del trabajo por el servicio de imagen, ya sea de forma independiente o dependiente, y, solo se debería considerar su actividad como renta empresarial en el caso que el Influencer esté constituido como empresa. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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