La eficiencia en las contrataciones de medicamentos a proveedores únicos, y la repercusión de la incorporación de la Décimo Octava Disposición Complementaria Final a la Ley de Contrataciones

Descripción del Articulo

En la presente tesis se analizó de qué manera la exigencia de verificar la existencia de proveedor único, solo en el mercado peruano, para las Contrataciones Directas, afecta la eficiencia en las contrataciones de medicamentos estratégicos en las políticas del sector salud, con énfasis en medicament...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Chava Quispe, Sonia
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Privada del Norte
Repositorio:UPN-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/27960
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11537/27960
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Contratos
Proveedores
Medicamentos
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En la presente tesis se analizó de qué manera la exigencia de verificar la existencia de proveedor único, solo en el mercado peruano, para las Contrataciones Directas, afecta la eficiencia en las contrataciones de medicamentos estratégicos en las políticas del sector salud, con énfasis en medicamentos para el cáncer y VIH/SIDA. Para tal fin, se realizó una investigación mixta para el estudio de la problemática en la presente investigación. En las Contrataciones Directas, el ahorro monetario es 0% en comparación con otras modalidades de contratación, donde la competencia de proveedores lleva al sinceramiento de precios y eficacia en la contratación. Habiendo medicamentos sin patentes vigentes o nunca haber sido registrado patente dentro del país, a la ausencia de más proveedores, son comprados a proveedores únicos, sin embargo, en el mercado internacional se viene comercializando (medicamentos genéricos, biosimilares o de la misma marca y fabricante) a precios más bajos. A finales del año 2018 con la incorporación de la Décimo Octava Disposición Complementaria Final a la Ley de Contrataciones del Estado, la normativa da un trato diferenciado al sector salud, pudiendo el Ministerio de Salud (MINSA) y Seguro Social de Salud (EsSalud) contratar excepcionalmente con proveedores no domiciliados dentro del país, cuando la contratación sea más ventaja para los usuarios (pacientes).
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).