Expediente privado No. 00937-2016-0-0401-JR-CI-02 y Expediente público No. 1288-2016/CC1
Descripción del Articulo
El expediente materia del presente informe jurídico contiene un proceso de obligación de dar suma de dinero, en el cual el ejecutante interpuso demanda con la finalidad de que el ejecutado pague la suma de S/ 126,134.30 en virtud del pagaré que otorgó y no canceló pese a haberse cumplido su fecha de...
Autor: | |
---|---|
Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
Repositorio: | UPC-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/673208 |
Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/673208 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Obligación de dar suma de dinero Pagaré Título ejecutivo Ejecución forzada Embargo Obligation to give a sum of money Promissory note Enforceable title Forceful enforcement Foreclosure https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | El expediente materia del presente informe jurídico contiene un proceso de obligación de dar suma de dinero, en el cual el ejecutante interpuso demanda con la finalidad de que el ejecutado pague la suma de S/ 126,134.30 en virtud del pagaré que otorgó y no canceló pese a haberse cumplido su fecha de vencimiento; de lo contrario, se procedería con la ejecución forzada del inmueble obligado al pagaré. Al respecto, el juez declaró fundada en parte la contradicción al considerar que el ejecutado pagó en parte la deuda puesta a cobro antes de la interposición de la demanda y en consecuencia se procedió con el ajuste del monto adeudado según los pagos a cuenta y se ordenó que el ejecutado pague una nueva suma más los intereses pactados, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la ejecución más costas y costos del proceso. El ejecutado no estuvo de acuerdo con la decisión y presentó recurso de apelación. La 2ª Sala Civil no compartió el criterio del A quo y resolvió revocar la decisión ya que la causal invocada en la contradicción no es plausible de ser calificada como fundada y dispuso el inicio de la ejecución forzada. El ejecutado interpuso recurso de casación, pero la Corte Suprema falló declarándolo improcedente dado que la argumentación no demuestra infracción en la aplicación del derecho objetivo, sino busca un nuevo análisis de los hechos, por lo que la Sala expidió nueva sentencia y confirmó la resolución Nº 1 para hacer efectiva la ejecución forzada. |
---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).