“Los cargos por interconexión y el aporte por regulación al Osiptel” Análisis de la Base Imponible del Ejercicio 2001 al 2004

Descripción del Articulo

El presente trabajo desarrolla un análisis y crítica de la Casación No. 16510-2018 - LIMA; en relación a la inclusión de los cargos por interconexión a la base imponible del tributo denominado Aporte por regulación al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; así com...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Otoya Minaya, Gabriela Lucila, Guillen Vidal, Eduardo Alejandro
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/670175
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/670175
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Aporte por regulación
Servicios de interconexión
Cargos por interconexión
Servicio público
Principio de legalidad
Motivación
Reserva tributaria
Prohibición de interpretación extensiva
Contribution by regulation
Interconnection services
interconnection charges
Public service
Principle of legality
Motivation
Tax Reserve
Prohibition of extensive interpretation
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo desarrolla un análisis y crítica de la Casación No. 16510-2018 - LIMA; en relación a la inclusión de los cargos por interconexión a la base imponible del tributo denominado Aporte por regulación al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; así como las causas que fundamentan dicha inclusión. El análisis pretende evaluar si el servicio de interconexión cumple con las tres características para ser considerado como servicio público, de acuerdo al artículo 40º de la Ley de Telecomunicaciones: (i) reglamentación, (ii) disposición al público en general; y, (iii) contraprestación. Asimismo, él análisis busca confirmar si el eventual cumplimiento de estos requisitos resulta suficiente para que los cargos que se generen como consecuencia de la prestación de dicho servicio formen parte de la base imponible y se inaplique el principio de Legalidad, Reserva Tributaria y Prohibición de interpretación extensiva en materia tributaria. De igual manera, se pretende analizar los alcances y cumplimientos de la composición de la base imponible establecida por el Decreto Supremo N° 012-2002-PCM, el cual indica expresamente que los cargos por interconexión deben ser deducidos. Finalmente, la crítica contenida en el presente documento, busca evidenciar la falta de motivación de la decisión de la sala, exponiendo el perjuicio a la empresa operadora parte del proceso, así como proponer alternativas de solución basadas en criterios de imparcialidad.
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