Expedientes N° 15676-2011-0-1801-JR-CI-01 / N° 676684-2016
Descripción del Articulo
En este presente informe se abordará el Expediente Administrativo N° 676684-2016 en donde se analizará la oposición marcaria dentro de la normativa del derecho de marcas. Empieza el presente caso cuando el señor Andrew Michell Olivares solicita el registro de una marca denominada “Candelaria Pilsene...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2021 |
| Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
| Repositorio: | UPC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/655736 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/655736 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho marcario Derecho de marcas Registro de marca Riesgo de confusión Trademark law Trade mark Risk of confusion https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | En este presente informe se abordará el Expediente Administrativo N° 676684-2016 en donde se analizará la oposición marcaria dentro de la normativa del derecho de marcas. Empieza el presente caso cuando el señor Andrew Michell Olivares solicita el registro de una marca denominada “Candelaria Pilsener”, la cual para el correcto registro se presentó todos los documentos y se realizó los pagos correspondientes. Posteriormente a ello, la empresa Unión de Cervecerías Backus y Johnston, titular de la marca “Pilsen Callao”, presenta su escrito de oposición marcaria toda vez que podría causar riesgo de confusión a los consumidores. En ese sentido, habiendo una oposición marcaria compete a la Comisión de signos distintivos del INDECOPI evaluar y resolver sobre el asunto materia de conflicto. Esta autoridad resuelve, entre otros, declarar fundada la oposición interpuesta y denegar el registro de marca. Ahora bien, teniendo por rechazada el registro de “Candelaria Pilsener”, el señor Michell presenta recurso de apelación bajo el principal fundamento de que el término “Pilsener” es solo una expresión descriptiva que no debería de considerarse para el examen comparativo entre ambas marcas. Finalmente, el Tribunal de Defensa de la competencia y de la Propiedad Intelectual resuelve, entre otros, revocar la resolución de primera instancia y otorgar el registro de la marca “Candelaria Pilsener”. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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