Casación N° 14965: La Desnaturalización de la Categoría de Obreros Municipales De la Ley N° 27972

Descripción del Articulo

El presente trabajo analizó la Casación Laboral N° 14965-2022-LIMA, en la cual el Sr. Edén Manuel Gonzales Jaramillo demandó a la Municipalidad Provincial de Lima solicitando la desnaturalización de los contratos de locación de servicios, y los contratos administrativos de servicio y como consecuenc...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Egúsquiza Bazán, Adriana Gabriela, Solano Lozano, Monica Abigail
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/686484
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/686484
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Régimen Laboral
Obrero municipal
Empleado municipal
Primacía de la realidad
Desnaturalización
Beneficios laborales
Reposición
Labor Regime
Municipal worker
Municipal employee
Primacy of reality
Denaturalization
Labor benefits
Replacement
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo analizó la Casación Laboral N° 14965-2022-LIMA, en la cual el Sr. Edén Manuel Gonzales Jaramillo demandó a la Municipalidad Provincial de Lima solicitando la desnaturalización de los contratos de locación de servicios, y los contratos administrativos de servicio y como consecuencia que se le reconozca bajo el régimen laboral privado del Decreto Legislativo N° 728, y los beneficios sociales inherentes como la reposición a su puesto de trabajo por haber sido despedido. En el primer capítulo, se resumen los hechos importantes del caso, contando con la sentencia de primera instancia el cual declara fundada en parte, posterior a ello la Segunda Sala Laboral revoca la sentencia venida en grado. Finalmente, la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia del Perú describe la correcta aplicación del artículo 37 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades a fin de optar cuál es el régimen laboral que corresponde por la naturaleza de las labores, y establecer su calificación como obrero o empleado municipal. Se examina y analiza también el voto en minoría. En el capítulo dos se consultó normativa, la jurisprudencia y la doctrina, y concluye con el capítulo III en donde se realiza un análisis sobre los regímenes laborales y finalmente con la postura del grupo que refiere que el personal que realiza labores físicas se le considera obrero y cuentan con una contratación dual bajo el principio de primacía de realidad obteniendo todos los derechos inherentes al régimen privado.
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