183515-2007-00169-0 783-2015/CC1

Descripción del Articulo

Este primer acápite del presente trabajo de suficiencia profesional tiene por objeto analizar el expediente privado N° 183515-2007-00169-0 (signado actualmente con el N° 00169-2007-0-1801-JR-FC-15), el cual versa sobre un proceso de Divorcio por Causal de Separación de Hecho, iniciado en el mes de m...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Salas Figueroa, Alisson Nicole
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/669733
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/669733
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Matrimonio
Separación de hecho: Elementos Constitutivos
Indemnización
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Este primer acápite del presente trabajo de suficiencia profesional tiene por objeto analizar el expediente privado N° 183515-2007-00169-0 (signado actualmente con el N° 00169-2007-0-1801-JR-FC-15), el cual versa sobre un proceso de Divorcio por Causal de Separación de Hecho, iniciado en el mes de marzo de 2007, por la señora G.Z.D.H. contra su cónyuge el señor J.C.P.M. Al respecto, durante el desarrollo del proceso, la Demandante alega que debe proceder el divorcio, toda vez que, se encuentran presentes los tres elementos que configuran la causal de separación de hecho; argumento que no es discutido por el Demandado; no obstante, este último señala que, quién motivó la separación fue la señora G.Z.D.H; en tal sentido, es el cónyuge perjudicado, y, por tanto, solicita una indemnización. En base a lo señalado por las partes, la primera instancia, resuelve declarar infundada la demanda, puesto que, el A-quo considera que no existen elementos suficientes para la configuración de la causal alegada por la Demandante; asimismo, declara improcedente la reconvención. Por su parte, la segunda instancia revoca la sentencia de primera instancia, y declara disuelto el vínculo matrimonial. A razón de esto último, el Demandado interpone Recurso Extraordinario de Casación, siendo este rechazado por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de Lima. En marco de lo anterior, se tiene que la controversia de este primer expediente, gira en torno a determinar si se ha configurado los elementos y cumplido los requisitos legales para que proceda un Divorcio por Causal de Separación de Hecho.
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