Eficacia del Delito de Acoso Sexual Cibernético y Vulneración de los Derechos Fundamentales en Mujeres Peruanas, 2024

Descripción del Articulo

Determinar la relación entre la eficacia del delito de acoso sexual cibernético y la vulneración de los derechos fundamentales de las mujeres peruanas. Estudio con enfoque cualitativo, de nivel explicativo, con métodos dogmático, jurídico, sistemático, exegético, hermenéutico y de tipo descriptivo....

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Araoz Coaguila, Macarena Virginia, Leephe Torrejón, Gerardo Fabricio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Tecnológica del Perú
Repositorio:UTP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/12097
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12867/12097
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Acoso sexual
Acoso cibernético
Código Penal
Derechos fundamentales
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:Determinar la relación entre la eficacia del delito de acoso sexual cibernético y la vulneración de los derechos fundamentales de las mujeres peruanas. Estudio con enfoque cualitativo, de nivel explicativo, con métodos dogmático, jurídico, sistemático, exegético, hermenéutico y de tipo descriptivo. Los instrumentos desarrollados en la presente investigación fueron las fichas bibliográficas y la guía de entrevista validada por expertos. Se describió que el origen jurídico del delito de Acoso sexual cibernético contenida en el Art 176-B solo, esto a raíz de que solo se hace mención al uso de tecnologías en su segundo párrafo mas no aborda conductas que puedan contemplar el delito en su modalidad cibernética, permitiendo así que muchas mujeres sigan siendo acosadas mediante las plataformas digitales. Por otro lado, se analizó la vulneración de los derechos fundamentales que genera el delito, donde expertos mencionaron que existe esta afectación debido a una normativa estancada, desencadenando la falta de accionar de órganos judiciales, permitiendo así la vulneración de derechos. Se determinó que la eficacia normativa del art. 176 B no está completamente alineada al ilícito penal de acoso sexual virtual, Esto a razón de que sus conductas son registradas más a lo físico que lo virtual, dejando de lado conductas como el anonimato y perfiles falsos, limitando así su sanción efectiva.
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