Diligencia y prudencia exigibles a terceros de buena fe en el proceso de extinción de dominio, en la legislación peruana 2025

Descripción del Articulo

El trabajo de investigación se ocupa del estudio de los actos de diligencia y prudencia que se exige a los terceros de buena fe en el proceso de extinción de dominio (ED), dentro del ámbito del derecho peruano. Teniendo como metodología un paradigma interpretativo, mediante un enfoque cualitativo, n...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Arias Anampa, Álvaro, Muchica Machaca, Gina Kelly Mery
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Tecnológica del Perú
Repositorio:UTP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/14780
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12867/14780
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Extinción de dominio
Diligencia
Derecho de propiedad
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El trabajo de investigación se ocupa del estudio de los actos de diligencia y prudencia que se exige a los terceros de buena fe en el proceso de extinción de dominio (ED), dentro del ámbito del derecho peruano. Teniendo como metodología un paradigma interpretativo, mediante un enfoque cualitativo, nivel descriptivo, diseño en teoría fundamentada y aplicándose la técnica de análisis documental y como instrumento la ficha de análisis documental. Los resultados obtenidos revelan por un lado que los actos exigibles deben abordarse mediante comportamientos, acciones de control, supervisión, verificación y teniendo en cuenta toda regulación normativa que permita tener la certeza de que un bien es lícito o se destinó a actividades lícitas. Asimismo, el Tribunal Constitucional, ha señalado que las acciones mínimas que los terceros de buena fe deben realizar están implícitas dentro del texto normativo del Código Civil y no requieren mayores exigencias de las ya establecidas normativamente para resguardar el derecho de propiedad. Lo que concluye, que dentro del proceso de extinción de dominio la jurisprudencia ha elevado la buena fe a un nivel cualificado exigiendo al tercero de buena fe pruebas rigurosas como la investigación, sin implementar expresamente aquellos actos que resguardan el derecho de propiedad. Así mismo, la buena fe cualifica comprende una buena fe subjetiva que aborda que el actuar del propietario está en la creencia que el bien es lícito, y una buena fe objetiva que implica desplegar actos de verificación, supervisión y mecanismos de control sobre la propiedad del tercero de buena fe.
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