La sanción de nulidad contenida en el artículo 30° del Decreto Supremo N°008-2022-PCM y la vulneración a los principios constitucionales de legalidad, jerarquía normativa y separación de poderes, Perú - 2024
Descripción del Articulo
Objetivo: Demostrar si la sanción de nulidad contenida en el artículo 30° del Decreto Supremo N°008-2022-PCM vulnera los principios constitucionales de legalidad, jerarquía normativa y separación, poderes. Metodología: Estudio con enfoque cualitativo, de nivel explicativo, con métodos dogmático-jurí...
| Autor: | |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Tecnológica del Perú |
| Repositorio: | UTP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/11565 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12867/11565 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Jerarquía normativa Separación de poderes Sanción de nulidad https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | Objetivo: Demostrar si la sanción de nulidad contenida en el artículo 30° del Decreto Supremo N°008-2022-PCM vulnera los principios constitucionales de legalidad, jerarquía normativa y separación, poderes. Metodología: Estudio con enfoque cualitativo, de nivel explicativo, con métodos dogmático-jurídico y exegético y de tipo jurídico-explicativo. La técnica utilizada fue el análisis de contenido y los instrumentos desarrollados fueron las fichas bibliográficas. Resultados: Se demostró que la sanción de nulidad regulada en el artículo 30° del reglamento de la ley N°31188 vulnera los principios constitucionales de legalidad, jerarquía normativa y separación poderes desde un punto de vista analítico e interpretativo, ya que, a partir de su aparición se presume dicha transgresión a partir de los alcances y límites de las figuras jurídicas de nulidad, de reglamento y de los tres principios antes mencionados. Conclusión: Se determinó la vulneración a los objetos de investigación por parte de la sanción de nulidad contenida en el artículo 30° del Decreto Supremo N°008-2022-PCM, debido a las características propias de la sanción de nulidad y del reglamento, pues para su correcta aplicación conforme a los métodos de interpretación jurídica, se debe tener en cuenta que la sanción de nulidad es una atribución de la potestad legislativa y no de la potestad reglamentaria. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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