La paternidad o maternidad en los hijos mayores de edad como causal de exoneración de la obligación alimentaria
Descripción del Articulo
Diariamente, se contempla en los tribunales de Familia, procesos de materia alimentos, en donde los descendientes con capacidad legal requieren a sus progenitores los asistan económicamente. Este requerimiento se encuentra fundado en que según las normativas nacionales e internacionales, son los ant...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad Tecnológica del Perú |
| Repositorio: | UTP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/6846 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12867/6846 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Alimentos (Derecho) Derecho de familia Paternidad Maternidad https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | Diariamente, se contempla en los tribunales de Familia, procesos de materia alimentos, en donde los descendientes con capacidad legal requieren a sus progenitores los asistan económicamente. Este requerimiento se encuentra fundado en que según las normativas nacionales e internacionales, son los antecesores quienes se hallan en el compromiso de asistir a sus hijos con todo aquello que les permita a alcanzar un óptimo desarrollo. En el ordenamiento jurídico peruano, dicha prerrogativa se encontrará condicionada al cumplimiento de las exigencias establecidas en los artículos 424° y 483 del Código Civil, consistentes en tener la calidad de soltero, encontrarse cursando estudios exitosos hasta los veintiocho años o encontrarse inmersos en una imposibilidad física o mental. No obstante, de los artículos precitados se advierte que existe un vacío normativo en cuanto a los criterios a considerar por los Magistrados. Siendo uno de ellos, la carga familiar en los hijos mayores de edad. Este factor, pese a ser de suma relevancia, no es considerado actualmente por los juzgadores como causal de exoneración. En ese sentido, el presente estudio tiene por objetivo demostrar a través del análisis jurídico y jurisprudencial que la paternidad o maternidad en los hijos mayores de dieciocho años debe ser incluida como causal de exoneración de la obligación alimentaria, porque genera obligaciones propias de un alimentante en el alimentista y, como consecuencia de esto, se debe proponer una modificatoria legislativa del artículo 483 del Código Civil. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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