Discapacidad física y/o mental como agravante del delito de omisión de asistencia familiar para garantizar el interés superior del niño

Descripción del Articulo

La investigación, tuvo como finalidad, evidenciar que las personas con alguna discapacidad, ya sea física o mental, son quienes requieren mayores cuidados por partes de sus progenitores, ello en razón a su propia condición, sin embargo surge un problema en aquellos casos donde uno de los progenitore...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ramirez Julon Maria Lourdes
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/13739
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/13739
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Discapacidad
Delito
PrincipioS
niño
alimentos.
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación, tuvo como finalidad, evidenciar que las personas con alguna discapacidad, ya sea física o mental, son quienes requieren mayores cuidados por partes de sus progenitores, ello en razón a su propia condición, sin embargo surge un problema en aquellos casos donde uno de los progenitores se desentienden de su obligación, a pesar de tener conocimiento que su hijo (a) tiene discapacidad y requiere de solvencia económica para poder continuar con sus tratamientos, es por ello que se ha establecido como objetivo determinar si el agravante en el delito de omisión de asistencia familiar cuando el menor tiene alguna discapacidad física y/o mental garantiza el principio de interés superior del niño. Es ese sentido, a fin de cumplir con el objetivo propuesto la investigación se desarrolló mediante un enfoque cualitativo, tipo básico; utilizando un diseño básico descriptivo, y asimismo el diseño de socio jurídico _ Iusfilosofico, el cual permitió llegar a concluir que el delito de omisión en la asistencia familiar efectivamente cumple con la política de hacer efectivo el cumplimiento por parte del sujeto su obligación como alimentante; sin embargo, sanciona aquellos sujetos de la misma forma e igualitaria sin tener en cuenta la condición en la cual se pueda encontrar el agraviado, vulnerando de esta manera el principio del interés superior del niño y más aún si es que estamos ante un agraviado con cualidades especiales, por lo tanto el incorporar un agravante resulta necesario para garantizar el cumplimiento de este principio
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