ANÁLISIS SOCIO JURÍDICO DE LAS UNIONES CIVILES ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO

Descripción del Articulo

La esencia de la igualdad no se revela por su significado literal, por la expresión que la contiene. Cuando nos preguntamos qué es la igualdad advertimos que se trata de una noción indeterminada, una palabra a la que debe dotarse contenido en cada contexto, y que por sí sola es una expresión vacía....

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Gonzales Guevara de Poémape, Deiny Katherin
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/5217
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/5217
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Igualdad
Discriminación
Unión Civil
Sexo
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La esencia de la igualdad no se revela por su significado literal, por la expresión que la contiene. Cuando nos preguntamos qué es la igualdad advertimos que se trata de una noción indeterminada, una palabra a la que debe dotarse contenido en cada contexto, y que por sí sola es una expresión vacía. Por eso, “decir que dos entes son iguales, sin otra determinación, nada significa (…) si no se especifica de qué antes se trata y respeto a qué cosa son iguales, es decir, si no se está en condiciones de responder a dos preguntas: a) ¿Igualdad entre quienes?, y b) ¿Igualdad en qué?. Se nos revela entonces, que la igualdad es un concepto relacional, que solo se entiende a partir de la identificación de los datos precitados. Adelantemos algo más: el mandato de igualdad no prohíbe en modo alguno la pluralidad, la diferenciación; este mandato solo proscribe el trato desigual arbitrario. La orientación sexual no te hace mejor, ni peor persona, esto al señalar que esta opción no puede ser motivo de discriminación, por razón de sexo tal y como lo señala la Constitución Política del Perú en su artículo 2 inciso 2), a propósito de la Ley N° 2647/2013-CR presentado por el Congresista Carlos Bruce, “Proyecto de Ley que establece las Uniones Civiles entre Personas del Mismo Sexo”, Ley que establece la Unión Civil no Matrimonial para Personas del Mismo Sexo.
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