Los beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional en el Penal de Picsi

Descripción del Articulo

La presente investigación, tiene por objeto poner al alcance del profesional en Derecho, las técnicas que deberá emplearse y los recursos necesarios para plantear con éxito la problemática sobre Los Beneficios Penitenciarios de Semi Libertad y Liberación Condicional en El Penal de Picsi, el cual por...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Acuña Pérez, Ralph Lewis
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2012
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/1159
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/1159
Nivel de acceso:acceso restringido
Materia:Semilibertad
Liberación condicional
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description La presente investigación, tiene por objeto poner al alcance del profesional en Derecho, las técnicas que deberá emplearse y los recursos necesarios para plantear con éxito la problemática sobre Los Beneficios Penitenciarios de Semi Libertad y Liberación Condicional en El Penal de Picsi, el cual por constituir un ente sancionador de los errores humanos en nuestro Distrito Judicial de la Corte Superior de Lambayeque, tiene una población penal desprotegida de sus derechos, tanto para el trámite administrativo en el interior del penal, se haya limitado para conseguirlo, inclusive el mismo profesional u abogado tiene que necesariamente conocer las dificultades y negativas en la tramitación y objetividad del logro de estos beneficios. El Penal de Picsi está ubicado al extremo Nor-Este a la ciudad de Chiclayo y a solo 35 Km. de distancia. Vamos a detallar como la defensa para hacer su ingreso y visitar a sus patrocinados necesariamente encuentra un primer control policial, cuyo funcionario indefectiblemente precisará la presentación e identificación del Abogado, así como del interno y el respectivo expediente. El siguiente control se ubica en la misma puerta de acceso al penal, aquí volverá a exponer los motivos de su visita, debiendo esperar el horario a partir de las nueve de la mañana. El Derecho Penitenciario exige como tengo explicado, el cumplimiento de las normas establecidas a fin de lograr la resocialización del interno, en este aspecto el Penal de Picsi cumple regularmente las exigencias, excepto el desenvolvimiento de los funcionarios tanto del INPE como de la Policía Nacional del Perú, los primeros por tener el control interno y los otros, la seguridad externa del penal, es así como en la presente investigación he debido ingresar en horario de diferentes visitas con el propósito de observar a fondo estas acciones, cuyo resultado lo expreso detalladamente. Como se puede ver es un trabajo que enfoca ampliamente el Problema de los Beneficios Penitenciarios. Esencialmente quiero señalar los diferentes aspectos por los que atraviesa la persona sentenciada y recluida en este Penal, que como se puede apreciar se presenta un aspecto de psicoanálisis en el individuo, para conducirse al imperio u órdenes y costumbres de naturaleza asfixiante, por cuanto al llegar el término para dar inicio al trámite con el fin de obtener sus beneficios penitenciarios y alcanzar su libertad, se ven truncadas sus aspiraciones y vulnerados sus derechos por el mismo Consejo Técnico Penitenciario, no solo por el vicio corroído que se tiene que vencer si no particularmente por que muchos internos que no cuentan con los recursos económicos, están postergados para obtener sus beneficios. Como vemos la persona recluida no tiene la oportunidad de superar su resocialización debido a la imposibilidad de vencer la valla perniciosa de algunos funcionarios tanto en los ambientes internos como en la parte externa del penal quienes como carroña destruyen los sentimientos humanos, estos bajo el pretexto de revisiones e inspecciones les quitan sus pertenencias. En parte es razón de puntualizar que se impide el ingreso de armas blancas, drogas, celulares, bebidas alcohólicas, pero es alarmante el mercado interno de este penal en donde existen el comercio de estos productos. Desde otro punto de vista la presente investigación determina una filosofía que el Derecho debe proteger a los internos del Penal de Picsi, ya que se vulnera los principios fundamentales del hombre que si bien es cierto la misma constitución destaca las medidas de trabajo y educación para lograr la resocialización del interno, sin embargo estas se cumplen limitadamente en el otorgamiento de los Beneficios Penitenciarios, de este modo se trauma la personalidad psicológica del interno, y este fenómeno eleva la conducta habitual del sujeto, convirtiéndolo en un sujeto peligroso, por que se adapta a simular una personalidad perniciosa al momento de volver a caminar libremente por nuestras ciudades, poblaciones, localidades y comunidades de nuestra Patria. La presente investigación, tiene por objeto poner al alcance del profesional en Derecho, las técnicas que deberá emplearse y los recursos necesarios para plantear con éxito la problemática sobre Los Beneficios Penitenciarios de Semi Libertad y Liberación Condicional en El Penal de Picsi, el cual por constituir un ente sancionador de los errores humanos en nuestro Distrito Judicial de la Corte Superior de Lambayeque, tiene una población penal desprotegida de sus derechos, tanto para el trámite administrativo en el interior del penal, se haya limitado para conseguirlo, inclusive el mismo profesional u abogado tiene que necesariamente conocer las dificultades y negativas en la tramitación y objetividad del logro de estos beneficios. El Penal de Picsi está ubicado al extremo Nor-Este a la ciudad de Chiclayo y a solo 35 Km. de distancia. Vamos a detallar como la defensa para hacer su ingreso y visitar a sus patrocinados necesariamente encuentra un primer control policial, cuyo funcionario indefectiblemente precisará la presentación e identificación del Abogado, así como del interno y el respectivo expediente. El siguiente control se ubica en la misma puerta de acceso al penal, aquí volverá a exponer los motivos de su visita, debiendo esperar el horario a partir de las nueve de la mañana. El Derecho Penitenciario exige como tengo explicado, el cumplimiento de las normas establecidas a fin de lograr la resocialización del interno, en este aspecto el Penal de Picsi cumple regularmente las exigencias, excepto el desenvolvimiento de los funcionarios tanto del INPE como de la Policía Nacional del Perú, los primeros por tener el control interno y los otros, la seguridad externa del penal, es así como en la presente investigación he debido ingresar en horario de diferentes visitas con el propósito de observar a fondo estas acciones, cuyo resultado lo expreso detalladamente. Como se puede ver es un trabajo que enfoca ampliamente el Problema de los Beneficios Penitenciarios. Esencialmente quiero señalar los diferentes aspectos por los que atraviesa la persona sentenciada y recluida en este Penal, que como se puede apreciar se presenta un aspecto de psicoanálisis en el individuo, para conducirse al imperio u órdenes y costumbres de naturaleza asfixiante, por cuanto al llegar el término para dar inicio al trámite con el fin de obtener sus beneficios penitenciarios y alcanzar su libertad, se ven truncadas sus aspiraciones y vulnerados sus derechos por el mismo Consejo Técnico Penitenciario, no solo por el vicio corroído que se tiene que vencer si no particularmente por que muchos internos que no cuentan con los recursos económicos, están postergados para obtener sus beneficios. Como vemos la persona recluida no tiene la oportunidad de superar su resocialización debido a la imposibilidad de vencer la valla perniciosa de algunos funcionarios tanto en los ambientes internos como en la parte externa del penal quienes como carroña destruyen los sentimientos humanos, estos bajo el pretexto de revisiones e inspecciones les quitan sus pertenencias. En parte es razón de puntualizar que se impide el ingreso de armas blancas, drogas, celulares, bebidas alcohólicas, pero es alarmante el mercado interno de este penal en donde existen el comercio de estos productos. Desde otro punto de vista la presente investigación determina una filosofía que el Derecho debe proteger a los internos del Penal de Picsi, ya que se vulnera los principios fundamentales del hombre que si bien es cierto la misma constitución destaca las medidas de trabajo y educación para lograr la resocialización del interno, sin embargo estas se cumplen limitadamente en el otorgamiento de los Beneficios Penitenciarios, de este modo se trauma la personalidad psicológica del interno, y este fenómeno eleva la conducta habitual del sujeto, convirtiéndolo en un sujeto peligroso, por que se adapta a simular una personalidad perniciosa al momento de volver a caminar libremente por nuestras ciudades, poblaciones, localidades y comunidades de nuestra Patria. Este noble interés puede servir de aporte para flexibilizar y atender estos derechos por parte de los sentenciados que han sido sentenciados, y están cumpliendo condena en el Penal de Picsi.
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El Penal de Picsi está ubicado al extremo Nor-Este a la ciudad de Chiclayo y a solo 35 Km. de distancia. Vamos a detallar como la defensa para hacer su ingreso y visitar a sus patrocinados necesariamente encuentra un primer control policial, cuyo funcionario indefectiblemente precisará la presentación e identificación del Abogado, así como del interno y el respectivo expediente. El siguiente control se ubica en la misma puerta de acceso al penal, aquí volverá a exponer los motivos de su visita, debiendo esperar el horario a partir de las nueve de la mañana. El Derecho Penitenciario exige como tengo explicado, el cumplimiento de las normas establecidas a fin de lograr la resocialización del interno, en este aspecto el Penal de Picsi cumple regularmente las exigencias, excepto el desenvolvimiento de los funcionarios tanto del INPE como de la Policía Nacional del Perú, los primeros por tener el control interno y los otros, la seguridad externa del penal, es así como en la presente investigación he debido ingresar en horario de diferentes visitas con el propósito de observar a fondo estas acciones, cuyo resultado lo expreso detalladamente. Como se puede ver es un trabajo que enfoca ampliamente el Problema de los Beneficios Penitenciarios. Esencialmente quiero señalar los diferentes aspectos por los que atraviesa la persona sentenciada y recluida en este Penal, que como se puede apreciar se presenta un aspecto de psicoanálisis en el individuo, para conducirse al imperio u órdenes y costumbres de naturaleza asfixiante, por cuanto al llegar el término para dar inicio al trámite con el fin de obtener sus beneficios penitenciarios y alcanzar su libertad, se ven truncadas sus aspiraciones y vulnerados sus derechos por el mismo Consejo Técnico Penitenciario, no solo por el vicio corroído que se tiene que vencer si no particularmente por que muchos internos que no cuentan con los recursos económicos, están postergados para obtener sus beneficios. Como vemos la persona recluida no tiene la oportunidad de superar su resocialización debido a la imposibilidad de vencer la valla perniciosa de algunos funcionarios tanto en los ambientes internos como en la parte externa del penal quienes como carroña destruyen los sentimientos humanos, estos bajo el pretexto de revisiones e inspecciones les quitan sus pertenencias. En parte es razón de puntualizar que se impide el ingreso de armas blancas, drogas, celulares, bebidas alcohólicas, pero es alarmante el mercado interno de este penal en donde existen el comercio de estos productos. Desde otro punto de vista la presente investigación determina una filosofía que el Derecho debe proteger a los internos del Penal de Picsi, ya que se vulnera los principios fundamentales del hombre que si bien es cierto la misma constitución destaca las medidas de trabajo y educación para lograr la resocialización del interno, sin embargo estas se cumplen limitadamente en el otorgamiento de los Beneficios Penitenciarios, de este modo se trauma la personalidad psicológica del interno, y este fenómeno eleva la conducta habitual del sujeto, convirtiéndolo en un sujeto peligroso, por que se adapta a simular una personalidad perniciosa al momento de volver a caminar libremente por nuestras ciudades, poblaciones, localidades y comunidades de nuestra Patria. La presente investigación, tiene por objeto poner al alcance del profesional en Derecho, las técnicas que deberá emplearse y los recursos necesarios para plantear con éxito la problemática sobre Los Beneficios Penitenciarios de Semi Libertad y Liberación Condicional en El Penal de Picsi, el cual por constituir un ente sancionador de los errores humanos en nuestro Distrito Judicial de la Corte Superior de Lambayeque, tiene una población penal desprotegida de sus derechos, tanto para el trámite administrativo en el interior del penal, se haya limitado para conseguirlo, inclusive el mismo profesional u abogado tiene que necesariamente conocer las dificultades y negativas en la tramitación y objetividad del logro de estos beneficios. El Penal de Picsi está ubicado al extremo Nor-Este a la ciudad de Chiclayo y a solo 35 Km. de distancia. Vamos a detallar como la defensa para hacer su ingreso y visitar a sus patrocinados necesariamente encuentra un primer control policial, cuyo funcionario indefectiblemente precisará la presentación e identificación del Abogado, así como del interno y el respectivo expediente. El siguiente control se ubica en la misma puerta de acceso al penal, aquí volverá a exponer los motivos de su visita, debiendo esperar el horario a partir de las nueve de la mañana. El Derecho Penitenciario exige como tengo explicado, el cumplimiento de las normas establecidas a fin de lograr la resocialización del interno, en este aspecto el Penal de Picsi cumple regularmente las exigencias, excepto el desenvolvimiento de los funcionarios tanto del INPE como de la Policía Nacional del Perú, los primeros por tener el control interno y los otros, la seguridad externa del penal, es así como en la presente investigación he debido ingresar en horario de diferentes visitas con el propósito de observar a fondo estas acciones, cuyo resultado lo expreso detalladamente. Como se puede ver es un trabajo que enfoca ampliamente el Problema de los Beneficios Penitenciarios. Esencialmente quiero señalar los diferentes aspectos por los que atraviesa la persona sentenciada y recluida en este Penal, que como se puede apreciar se presenta un aspecto de psicoanálisis en el individuo, para conducirse al imperio u órdenes y costumbres de naturaleza asfixiante, por cuanto al llegar el término para dar inicio al trámite con el fin de obtener sus beneficios penitenciarios y alcanzar su libertad, se ven truncadas sus aspiraciones y vulnerados sus derechos por el mismo Consejo Técnico Penitenciario, no solo por el vicio corroído que se tiene que vencer si no particularmente por que muchos internos que no cuentan con los recursos económicos, están postergados para obtener sus beneficios. Como vemos la persona recluida no tiene la oportunidad de superar su resocialización debido a la imposibilidad de vencer la valla perniciosa de algunos funcionarios tanto en los ambientes internos como en la parte externa del penal quienes como carroña destruyen los sentimientos humanos, estos bajo el pretexto de revisiones e inspecciones les quitan sus pertenencias. En parte es razón de puntualizar que se impide el ingreso de armas blancas, drogas, celulares, bebidas alcohólicas, pero es alarmante el mercado interno de este penal en donde existen el comercio de estos productos. Desde otro punto de vista la presente investigación determina una filosofía que el Derecho debe proteger a los internos del Penal de Picsi, ya que se vulnera los principios fundamentales del hombre que si bien es cierto la misma constitución destaca las medidas de trabajo y educación para lograr la resocialización del interno, sin embargo estas se cumplen limitadamente en el otorgamiento de los Beneficios Penitenciarios, de este modo se trauma la personalidad psicológica del interno, y este fenómeno eleva la conducta habitual del sujeto, convirtiéndolo en un sujeto peligroso, por que se adapta a simular una personalidad perniciosa al momento de volver a caminar libremente por nuestras ciudades, poblaciones, localidades y comunidades de nuestra Patria. 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