Modificación del artículo 66° inciso 1 del código procesal penal para evitar restringir la libertad ambulatoria del imputado

Descripción del Articulo

Se plantea como problema de investigación ¿Afecta la libertad ambulatoria del imputado el poder coercitivo previsto en el Art. 66 Inciso 1 del Código Procesal Penal? En tal sentido, se planteó como objetivo general: Proponer la modificación del artículo 66° inciso 1 del Código Procesal Penal que reg...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Idrogo Maita, Judith Yasmir
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/12897
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/12897
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Coerción
Libertad
Imputado
Restricción
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Se plantea como problema de investigación ¿Afecta la libertad ambulatoria del imputado el poder coercitivo previsto en el Art. 66 Inciso 1 del Código Procesal Penal? En tal sentido, se planteó como objetivo general: Proponer la modificación del artículo 66° inciso 1 del Código Procesal Penal que regula las disposiciones del poder coercitivo, y como objetivos específicos: Caracterizar en teoría y doctrina la libertad ambulatoria del imputado, Determinar los antecedentes jurídicos sobre la libertad ambulatoria del imputado, Fundamentar por qué las disposiciones de conducción compulsiva en sede de las Fiscalías Penales del distrito de José Leonardo Ortiz restringen la libertad ambulatoria del imputado y Analizar el derecho comparado respecto del poder coercitivo de la Fiscalía. La metodología desarrollada fue de tipo básica, enfoque cuantitativo. Entre los resultados obtenidos se tiene que el 35 % indica estar desacuerdo, el 35% de acuerdo y un 30% muy de acuerdo; en resumen, la mayoría indica estar de acuerdo que el Poder Coercitivo permite el cumplimiento de la restricción de la libertad ambulatoria del imputado. Como conclusión se tuvo que existen formas de restricción de la libertad como son secuestros, retenciones y detenciones ilegales; se ubica el Bien Jurídico Protegido constitucional e internacional como la libertad ambulatoria. Teniendo en cuenta que todo tipo de detención física afecta a cualquier ciudadano, por motivos de haber realizado actos contra el orden público o la ley. Ninguna persona puede ser detenida, sino en circunstancias y formas que las normas o leyes lo indiquen
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