La cuantía como elemento objetivo para la tipificación del delito de hurto agravado
Descripción del Articulo
La presente investigación abarca la problemática de la Cuantía Como Elemento Objetivo para la Tipificación del Delito de Hurto Agravado, contemplado en el artículo 186º del código penal peruano, el cual no manifiesta en forma expresa que el valor del bien objeto del delito deba ser mayor a una remun...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2016 |
Institución: | Universidad Señor de Sipan |
Repositorio: | USS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/4422 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12802/4422 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Cuantía Delito de hurto agravado http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación abarca la problemática de la Cuantía Como Elemento Objetivo para la Tipificación del Delito de Hurto Agravado, contemplado en el artículo 186º del código penal peruano, el cual no manifiesta en forma expresa que el valor del bien objeto del delito deba ser mayor a una remuneración mínima vital, como sí lo hace el artículo 444º del mismo cuerpo normativo, refiriéndose que para que se configure el delito de hurto simple (artículo 185 CP) sí deba considerarse este elemento objetivo de tipificación, por lo que tal ambigüedad hace que coexistan dos posiciones encontradas respecto al tema, así como dos planteamiento teóricos que distorsionan la realidad con empirismos aplicativos por parte de los agentes del derecho. Existen en otras legislaciones comparadas, como la de Costa Rica y España, que sí hacen mención expresa de este requisito para que el hurto agravado, con todas las circunstancias que agravan el ilícito, se considere como tal, expresando que sí se debe tomar en cuenta o no el valor del bien objeto del delito. Esto nos hace razonar que para que no existan empirismos aplicativos, en razón de las actuales discrepancias teóricas, se debe reformar o modificar el artículo 444 CP respecto a la mención expresa de este requisito para su tipificación, y así se evitaría encontrar con dos opiniones encontradas que afectan la seguridad jurídica de aplicación de las normas penales por parte de los magistrados. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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