Régimen de sanciones privativas de libertad para menores de 15 a 18 años, en el delito de parricidio (de descendiente a ascendiente) en la legislación peruana
Descripción del Articulo
La presente investigación ha sido denominada “Régimen de sanciones privativas de libertad para menores de 15 a 18 años, en el delito de parricidio (de descendiente a ascendiente) en la Legislación Peruana”. Cuyo objetivo general es proponer lineamientos para establecer un régimen de sanciones privat...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2015 |
Institución: | Universidad Señor de Sipan |
Repositorio: | USS-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/65 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12802/65 |
Nivel de acceso: | acceso restringido |
Materia: | Capacidad Responsabilidad Penal Imputabilidad http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación ha sido denominada “Régimen de sanciones privativas de libertad para menores de 15 a 18 años, en el delito de parricidio (de descendiente a ascendiente) en la Legislación Peruana”. Cuyo objetivo general es proponer lineamientos para establecer un régimen de sanciones privativas de la libertad para los menores de 15 a 18 años, en los casos del delito de parricidio en la legislación peruana, mediante la imputabilidad de dichos infractores que por ser menores de edad no son pasibles de imposiciones de penas ejemplares y severas Utilizándose para la presente investigación, las técnicas de encuesta y análisis documental. Con lo cual se llegó a la conclusión, que las sanciones privativas de libertad para menores de 15 a 18 años, en el delito de parricidio (de descendiente a ascendiente) en la legislación peruana, se ve afectada por empirismos normativos y discrepancias teóricas, que están relacionados causalmente, y se explican porque no se aplican o no conocen las normas tales como: el Artículo Nº 20 del Código Penal; el Artículo Nº 44 del Código Civil y el Artículo Nº 138 del Código del Niño y Adolescente; por existir Planteamientos Teóricos que no se aplican o no se conocen tales como: Capacidad, Imputabilidad y Culpabilidad y por no haberse aprovechado el Derecho Comparado como experiencias exitosas tales como Bolivia, Argentina, Chile y España, que pueden ser utilizadas como referencia para subsanar las deficiencias o vacíos advertidos. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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