Prórroga en el art. 1697 del código civil para proteger el arrendamiento de local comercial en estado de emergencia

Descripción del Articulo

El estudio abordó la problemática advertida ante el estado de emergencia, en el cual se permite la restricción de algunos derechos fundamentales, tales como la libertad de tránsito, la libertad de comercio, y la movilidad, lo cual repercute en la ciudadanía, con énfasis en quienes realizan actividad...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Nieto Ortiz, Willy Andres
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/16035
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/16035
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Arrendamiento
Estado de emergencia
Local comercial
Prorroga
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El estudio abordó la problemática advertida ante el estado de emergencia, en el cual se permite la restricción de algunos derechos fundamentales, tales como la libertad de tránsito, la libertad de comercio, y la movilidad, lo cual repercute en la ciudadanía, con énfasis en quienes realizan actividades comerciales. Tuvo como objetivo establecer la importancia de la prórroga en la propuesta de modificatoria al art. 1697 del código civil para proteger el arrendamiento de local comercial en estado de emergencia. El método fue de tipo básico, cualitativo y descriptivo. Las técnicas utilizadas fueron la entrevista y la revisión documental. Los instrumentos fueron la guía de entrevista y guía de análisis documental. La entrevista se aplicó a abogados especialistas en derecho civil y procesal civil, considerando a cinco personas como muestra. Como resultados se obtuvo que el contrato de arrendamiento de local comercial en estado de emergencia, puede sufrir cambios, dada la imprevisibilidad de la medida del gobierno, pero el derecho ya puede prever estas contingencias, buscando la preservación del contrato y salvaguardando a las partes contratantes. Se concluye que se debe modificar el inc. 1 del art. 1697, incluyendo que, en caso de estado de emergencia, otorgando una prórroga para el pago de la renta, para favorecer la continuidad del contrato y la economía peruana.
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