El valor probatorio del informe psicológico en el delito de agresiones contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar: un estudio a partir de la actuación de los fiscales de Lima Norte, 2019 - 2020

Descripción del Articulo

El trabajo de investigación denominado: El valor probatorio del informe psicológico en el delito de Agresiones contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar: un estudio a partir de la actuación de los Fiscales de Lima Norte, 2019 – 2020, tuvo como objetivo principal determinar si, los Fisc...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Valverde Sing, Renzo Hector Jose
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/12345
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/12345
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Violencia familiar
Agresiones contra las mujeres
Informes psicológicos
Valor probatorio
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El trabajo de investigación denominado: El valor probatorio del informe psicológico en el delito de Agresiones contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar: un estudio a partir de la actuación de los Fiscales de Lima Norte, 2019 – 2020, tuvo como objetivo principal determinar si, los Fiscales otorgan valor probatorio para acreditar la comisión de un hecho delictivo a los informes psicológicos del CEM frente a las contradicciones existentes entre los pronunciamientos emitidos, como son la pericia psicológica en el distrito Fiscal de Lima Norte en el delito de Agresiones contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, 2019-2020. Siendo así, entre los métodos empleados fueron: el método dogmático, deductivo – inductivo y hermenéutico. Asimismo, en cuanto a los resultados se realizaron a través de figuras y tablas en cuadros estadísticos a fin de demostrar los datos de las encuestas realizadas de acuerdo a la hipótesis planteada a 30 personas (entre Fiscales y abogados). Por lo que, entre las conclusiones más relevantes que se tuvo fue que los Fiscales no otorgan valor probatorio a los informes psicológicos del Centro de Emergencia Mujer, debido a que, estas carecerían de objetividad y de cientificidad. Motivo por el cuál, prefiere a las pericias psicológicas del Instituto de Medicina Legal, pese a que ambos vienen a ser medios de pruebas para acreditar la comisión del ilícito penal tal como establece nuestro Código Penal, la Ley N.º 30364 y su reglamento.
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