Propuesta metodológica para el cálculo de los derechos de pesca e implicancias de política pesquera: el caso de la pesquería de la anchoveta peruana (Engraulis ringens)

Descripción del Articulo

El derecho de pesca es el monto que los armadores de embarcaciones pesqueras de mayor escala y de menor escala, están obligados a pagar al Estado por extraer recursos hidrobiológicos que constituyen patrimonio de la Nación, según la Ley General de Pesca. La forma y modo de cálculo de los derechos de...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ruiz Ramírez, Julio César
Formato: tesis doctoral
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/13203
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/13203
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Engraulis ringens
Derechos de pesca
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.02
Descripción
Sumario:El derecho de pesca es el monto que los armadores de embarcaciones pesqueras de mayor escala y de menor escala, están obligados a pagar al Estado por extraer recursos hidrobiológicos que constituyen patrimonio de la Nación, según la Ley General de Pesca. La forma y modo de cálculo de los derechos de pesca del recurso anchoveta, ha sufrido cambios a lo largo del tiempo. Tradicionalmente, el derecho de pesca de este recurso, se estableció como un porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), pero a partir del año 2006 empezó a aplicarse el valor FOB de la harina de pescado como unidad referencial, debido a la tendencia creciente del precio mundial de la harina de pescado, producto principal del procesamiento de este pequeño recurso pelágico. El derecho de pesca es un concepto asociado directamente con la actividad extractiva; sin embargo, como podrá advertirse, ni la UIT ni el valor FOB, tienen vinculación directa con la actividad extractiva del recurso. Grafton (1995), aplica en su estudio hasta cuatro métodos para calcular el pago que deben realizar los armadores pesqueros al Estado por la extracción de un recurso sujeto a un sistema de gestión por cuotas individuales transferibles (ITQ); todos ellos, asociados a los beneficios o potenciales beneficios derivados de la pesca, es decir, vinculados directamente a la actividad extractiva y, en particular, a la renta que genera el recurso pesquero.
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