Vulneración del principio de legalidad en el acuerdo plenario extraordinario N° 1-2016/CJ-116
Descripción del Articulo
La presente investigación tiene como objetivo general analizar en qué medida la aplicación del Acuerdo Plenario Extraordinario N° 1-2016/CJ-116, vulnera el principio de legalidad, la estructura metodológica utilizada está conformada por un enfoque cualitativo, de tipo básica, de diseño fenomenológic...
Autor: | |
---|---|
Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad de San Martín de Porres |
Repositorio: | USMP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/13192 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12727/13192 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Delito de violencia y resistencia a la autoridad Principio de legalidad Carácter residual https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La presente investigación tiene como objetivo general analizar en qué medida la aplicación del Acuerdo Plenario Extraordinario N° 1-2016/CJ-116, vulnera el principio de legalidad, la estructura metodológica utilizada está conformada por un enfoque cualitativo, de tipo básica, de diseño fenomenológico, de método inductivo, teniendo un muestreo no probabilístico, de tipo bola de nieve a 12 participantes entre abogados litigantes especialistas en temas penales, fiscales, jueces, generales de la Policía Nacional del Perú, siendo pertinente indicar que se ha empleado como instrumento de recopilación de datos la ficha de entrevista integrada por 8 preguntas, habiendo utilizado la técnica de la entrevista, continuando con la transcripción de las fichas, para el contraste de las respuestas. Por todo ello, en el presente investigación, se concluye que, en relación al análisis del Acuerdo Plenario N° 1-2016/CIJ-116, existe en la práctica judicial una controversia respecto a la interpretación normativa del tipo penal materia de investigación, que afecta el principio de legalidad, debido que se ha distorsionado la tipificación del delito de violencia y desobediencia a la autoridad policial - forma agravada, plasmada en los arts. 366 y 367° inciso 3° del código penal; asimismo, se ha alterado la taxatividad de la norma sustantiva respecto a la sanción punitiva que ha regulado el legislador en el tipo penal antes citado, adecuando a la sanción penal de otros tipos penales, que sin duda menoscaba el principio autoridad que ostenta cada integrante de la Policía Nacional del Perú en el ejercicio de sus funciones. |
---|
Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).