La opción del cambio de prenombre con intervención del notario fundadas en las causales de denigración, extravagancia y homonimia en el Perú

Descripción del Articulo

La presente tesis tiene como título “La opción del cambio de prenombre con intervención del notario fundadas en las causales de denigración, extravagancia y homonimia en el Perú”, donde se postula que la persona que tenga un prenombre denigrante, extravagante u homónimo que afecte a su dignidad pued...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Solorzano Prado, Alexander Antonio
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/6998
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/6998
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Identidad
Derecho comparado
Código Civil
Poder Judicial
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente tesis tiene como título “La opción del cambio de prenombre con intervención del notario fundadas en las causales de denigración, extravagancia y homonimia en el Perú”, donde se postula que la persona que tenga un prenombre denigrante, extravagante u homónimo que afecte a su dignidad pueda acceder a un cambio de prenombre en cualquier notaría del Perú de una manera más rápida, y no esperar el tedioso proceso judicial para el bienestar del individuo. Actualmente, en nuestra legislación peruana, el cambio de prenombre se realiza mediante un procedimiento no contencioso en el Poder Judicial, en razón a que el cambio de nombre solo se puede dar por motivos justificados, en función al artículo 29º de nuestro Código Civil. Lo que propone esta tesis es que el Notario tenga todas las facultades suficientes y necesarias para que se pueda efectuar este trámite no contencioso y así permitir que las personas que tengan prenombres que sean denigrantes, extravagantes u homónimos, puedan acceder a ello, no siendo necesario ir a instancias judiciales. Recordemos que la ley de competencia notarial de asuntos no contenciosos (Ley Nº 26662) es sin duda la norma legal que más repercusión ha tenido dentro del contexto normativo – notarial, en el sentido que ha significado un gran avance en el sistema legal, que busca ante todo descongestionar la vía judicial, ofreciéndole al usuario la libertad de elegir entre la vía notarial o la vía judicial para ventilar un asunto no contencioso. Se calcula que los juzgados tienen un descongestionamiento significativo respecto a los asuntos no contenciosos que ahora son de competencia Notarial. La promulgación de la Ley Nº 26662, no comprende el otorgamiento de la competencia de todos los asuntos no contenciosos regulados en el Código Procesal Civil, sino únicamente de aquellos en los que la naturaleza de la situación de ventilarse exista un riesgo menor que pueda generarse un conflicto de intereses. Sumado a lo dicho, el Perú es uno de los países latinoamericanos, en los que se ha delegado a los Notarios la competencia de ciertos asuntos no contenciosos, equiparándonos de esta manera a ordenamientos jurídicos europeos, donde esta delegación de facultades se ha venido incorporando en las últimas décadas de manera satisfactoria. Siendo ello así, delegar el cambio de prenombres que sean denigrantes, extravagantes u homónimos, resulta ser pertinente para los notarios. Asimismo, este trabajo de investigación es importante porque ayudará a las personas a defender sus derechos constitucionales de identidad e igualdad frente a todos y generará una facilidad acudir al Notario para obtener el cambio de prenombre sin trabas legales y de una manera más rápida.
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