Acuerdo reparatorio con pluralidad importante de víctimas en lesiones culposas leves por accidente de tránsito en el Código Procesal Penal
Descripción del Articulo
La presente investigación tuvo como objetivo analizar la influencia de la pluralidad importante de víctimas en la aplicación del acuerdo reparatorio en los delitos de lesiones culposas leves por accidente de tránsito en el Código Procesal Penal peruano, esto debido a que el artículo 2 inciso 6 del n...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad de San Martín de Porres |
Repositorio: | USMP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/14268 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12727/14268 |
Nivel de acceso: | acceso embargado |
Materia: | Lesiones culposas Accidentes de tránsito Acuerdo reparatorio Reparación civil https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.02 |
Sumario: | La presente investigación tuvo como objetivo analizar la influencia de la pluralidad importante de víctimas en la aplicación del acuerdo reparatorio en los delitos de lesiones culposas leves por accidente de tránsito en el Código Procesal Penal peruano, esto debido a que el artículo 2 inciso 6 del nuevo Código Procesal Penal (en adelante NCPP), establece que no se puede aplicar el acuerdo reparatorio cuando existe pluralidad de víctimas, en ese contexto, la mencionada institución procesal no se acondicionaría a los accidentes tránsito con lesiones leves, ello debido a que en reiterados casos se evidencia pluralidad de víctimas, por tal motivo, no se podría aplicar acuerdo reparatorio, siendo plausible la modificación del artículo 2 inciso 6 del NCPP con la finalidad de abarcar mayor aplicación y efectividad de esta institución procesal. En esa línea, la presente investigación es única, porque es la primera vez que se analiza el acuerdo reparatorio y el delito culposo de lesiones leves ocasionado por accidente de tránsito cuando existe pluralidad importante de víctimas, además cabe precisar que la razón normativa del acuerdo reparatorio permite que las partes puedan negociar con la finalidad de que no se continúe con el proceso penal, asimismo, resulta incoherente la posición del legislador al alejarse de la propia naturaleza jurídica del acuerdo reparatorio y variar su aplicación y efecto jurídico. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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