Constitucionalidad y legalidad en la aplicación de la jornada atípica acumulativa en la minería y la obligatoriedad o no del pago por el trabajo realizado en días feriados

Descripción del Articulo

La importancia de la jornada atípica acumulativa en la minería en nuestro país radica en que facilita mayores niveles de producción y utiliza la fuerza laboral de los trabajadores mineros en ciclos de trabajo (también llamados sistemas de trabajo) que consisten en periodos acumulativos de trabajo y...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Vela Gonzáles, Carlos G.
Formato: artículo
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/1552
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/1552
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Jornada de trabajo
Salarios - Legislación
Legislación laboral
Turnos laborales
Sobresueldos por rendimiento
Días festivos
Derecho minero
Tribunales laborales
344 - Derecho laboral, social, educativo, cultural
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La importancia de la jornada atípica acumulativa en la minería en nuestro país radica en que facilita mayores niveles de producción y utiliza la fuerza laboral de los trabajadores mineros en ciclos de trabajo (también llamados sistemas de trabajo) que consisten en periodos acumulativos de trabajo y también compensados con periodos acumulativos de descanso, pero para ello deben cumplirse diversos parámetros constitucionales (Constitución Política de 1993, sentencias del Tribunal Constitucional y Convenio 01 de la Organización Internacional del Trabajo OIT), así como con diversos parámetros legales (el TUO de la Ley de Jornada y su Reglamento, Consolidación de los Descansos Remunerados y su Reglamento) y otros parámetros interpretativos sumamente importantes (directivas e informes del Ministerio de Trabajo [MTPE]). De contar con dichos parámetros, la jornada atípica acumulativa en la minería será constitucional y legalmente válida. Luego de precisar la constitucionalidad y legalidad de este tipo de jornada de trabajo, corresponde definir un aspecto en la legislación laboral que ha llevado a posiciones muy divergentes por parte de la Inspección del Trabajo y las empresas mineras inspeccionadas, es decir, en lo relativo a la aplicación del pago o no de la sobretasa correspondiente por el trabajo efectuado en días feriados o su compensación dentro de los días de descanso del ciclo de trabajo en mención. Por ello, se analizarán las posiciones asumidas y las interpretaciones a que ha llegado el MTPE al respecto.
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