Expediente N° 0010-2019/ILN-PS0 “Afectación al deber de idoneidad por la entrega de un producto defectuoso” protección al consumidor / Expediente N° 00109-2015-0-094-JR-CI-02 “desalojo por ocupante precario” derecho civil

Descripción del Articulo

El presente informe trata un caso sobre una presunta infracción al deber de idoneidad y el deber de atención de reclamos al establecerse que se vendió un producto defectuoso y que no se habría otorgado una respuesta a los reclamos formulados. En ese sentido el informe analiza todo lo referente el de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Amanzo Neciosup, María Elena
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad San Ignacio de Loyola
Repositorio:USIL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usil.edu.pe:20.500.14005/16060
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14005/16060
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho Civil
Protección al Consumidor
Atención de reclamos
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.00
ODS 3: Salud y bienestar. Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades
Derecho público, estado constitucional y derechos humanos.
Derecho, relaciones internacionales, ciencias políticas y gestión pública
Descripción
Sumario:El presente informe trata un caso sobre una presunta infracción al deber de idoneidad y el deber de atención de reclamos al establecerse que se vendió un producto defectuoso y que no se habría otorgado una respuesta a los reclamos formulados. En ese sentido el informe analiza todo lo referente el deber de idoneidad, desde sus alcances y características, así como el servicio de atención de reclamos, bajo un alcance doctrinario, jurisprudencial y doctrinal. El problema principal del expediente radicó en determinar si se ha acreditado la existencia del defecto y consecuentemente la infracción a estos deberes, o si el proveedor no era responsable en los extremos denunciados. Así, previo análisis, el Órgano Resolutivo determinó la responsabilidad del denunciado respecto a la infracción del deber de idoneidad, puesto que el denunciado se habría allanado, y en el mismo sentido lo halló responsable respecto a la atención de reclamos, al no haber brindado una respuesta en el plazo establecido por la ley. No obstante, la Comisión revocó la resolución en el extremo referido a la sanción impuesta sobre la falta de atención de reclamos, debido a que el denunciado se allanó también a dicho imputación. Se evidencia relevancia a nivel teórico y jurídico, toda vez que se analizan instituciones relevantes en el sistema de protección al consumidor, como lo es el deber de idoneidad pilar esencial en el cual se sustenta este sistema y el servicio de atención de reclamos.
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