El Enriquecimiento sin Causa y los Límites Normativos, Teóricos y Empíricos Frente a la Responsabilidad Civil Extracontractual en el Sistema Jurídico Peruano
Descripción del Articulo
El Código Civil Peruano hoy en día presenta diversos cuestionamientos, sus aciertos y desaciertos reflejan el recelo que aún se siente sobre su vigencia, sin embargo, aun sin el ánimo de ponernos en una posición determinada, debemos entender que un conjunto de disposiciones normativas no siempre fun...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2018 |
| Institución: | Universidad Privada de Tacna |
| Repositorio: | UPT-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upt.edu.pe:20.500.12969/627 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12969/627 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Derecho Civil Fuentes de las Obligaciones Tutela Indemnizatoria Tutela Restitutoria http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El Código Civil Peruano hoy en día presenta diversos cuestionamientos, sus aciertos y desaciertos reflejan el recelo que aún se siente sobre su vigencia, sin embargo, aun sin el ánimo de ponernos en una posición determinada, debemos entender que un conjunto de disposiciones normativas no siempre funciona perfectamente, más si se trata de la regulación de la vida privada de las personas. La acción de enriquecimiento sin causa es una norma de un especial tratamiento, sobre la cual muchas veces, su poca aplicación en la realidad ha conllevado a que su importancia y autonomía se vea reducida, dado que la disposición normativa que lo acoge, contiene un efecto similar a otro tipo de fuentes de las obligaciones, lo cual incide en dicha limitación. Por tal motivo, no es extraño observar que el enriquecimiento sin causa es entendido como una forma de responsabilidad civil, y es en tal sentido, donde su campo de acción difiere de su contenido y esencia teórica, ante ello, es el daño como elemento, el que tiene un rol fundamental en la separación de ambas acciones, pero a su vez, genera también, un cierto grado de relación. ¿Acaso cuando interponemos una acción para que se nos devuelva parte de nuestro patrimonio, no es porque en efecto nos sentimos afectados o perjudicados? La presente investigación busca dilucidar la relación género – especie de ambas instituciones jurídicas, partiendo de su estudio como acciones autónomas, permitiéndonos advertir inconsistencias en la legislación que determinan una limitación a la acción de enriquecimiento sin causa. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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