Criterios legales de orientación normativa para incluir la prueba psicológica como requisito indispensable en el proceso de adopción

Descripción del Articulo

La investigación aborda la adopción contemplada en el sistema jurídico peruano, centrado en la necesidad de incorporar el aspecto psicológico como requisito en la normativa del proceso de adopción considerándose que existe un vacío legal importante, el mismo que al incorporarse por artículo 378° del...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Espinoza Idrogo, Miguel Ángel
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
Repositorio:UNPRG-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.unprg.edu.pe:20.500.12893/11276
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12893/11276
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Padres adoptivos
Equilibrio psicológico
Parámetro legal
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación aborda la adopción contemplada en el sistema jurídico peruano, centrado en la necesidad de incorporar el aspecto psicológico como requisito en la normativa del proceso de adopción considerándose que existe un vacío legal importante, el mismo que al incorporarse por artículo 378° del Código Civil y en los artículos 115° y 117°del Código del Niño y Adolescente, fortalecería los requisitos de la Adopción, adicionándose como indispensable en la modalidad de Examen Psicológico a los padres adoptantes y de esta manera asegurará el equilibrio psicológico en la formación y desarrollo del adoptado, estableciéndose de esta manera un parámetro legal que a través de especialistas de salud se podrá identificar las aptitudes y el grado de preparación de los adoptantes si se encuentran aptos para tener la responsabilidad de la crianza de una persona que integrara o formara parte de una familia nuclear y también asegurar la subsistencia y desarrollo integral del adoptado ante la familia y sociedad. Con los criterios legales propuestos, el magistrado tendrá la capacidad de poder analizar no solo en ámbito jurídico que se cumpla lo establecido en el Art. 378° del C.C, integrados por nueve sub artículos y lo dispuesto por los artículos 115° y 117° del Código de los Niños y Adolescentes, si no que tomará en cuenta adicionalmente un Examen Psicológico, para evaluar el grado del estado mental en que se encuentran los postulantes a ser padres adoptivos y de esta manera asegurar el crecimiento y el desarrollo del adoptado, ya sea en su condición de menor o mayor de edad.
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