Reestructuración del régimen paterno filial
Descripción del Articulo
La institución que en nuestra sociedad llamamos paternidad no es algo monolítico sino que puede concebirse como un conglomerado de distintas relaciones. De hecho, el haz de derechos y obligaciones que forman parte de este estatus puede desglosarse en varias ramas: por ejemplo, algunos de los deberes...
Autor: | |
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Formato: | tesis de maestría |
Fecha de Publicación: | 2012 |
Institución: | Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo |
Repositorio: | UNPRG-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.unprg.edu.pe:20.500.12893/7476 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12893/7476 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Reestructuración Régimen Paterno Filial http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
Sumario: | La institución que en nuestra sociedad llamamos paternidad no es algo monolítico sino que puede concebirse como un conglomerado de distintas relaciones. De hecho, el haz de derechos y obligaciones que forman parte de este estatus puede desglosarse en varias ramas: por ejemplo, algunos de los deberes del padre derivan del hecho de ser el presunto progenitor del niño; otros pueden emanar de su condición de esposo de la madre; otros, de asumir la responsabilidad social de su educación, y así sucesivamente. Esto tiene consecuencias en términos políticos y jurídico-constitucionales; por lo que nos preguntamos ¿sé tendrá que adecuar el sistema normativo a la realidad científica, para proporcionar a los operadores del derecho las herramientas y mecanismos legales para resolver los conflictos de intereses o incertidumbres jurídicas? esto es la verdadera filiación o identidad biológica. A fin de; a)reestructurar todo el régimen de la sociedad paterno-filial sustentando en un régimen de determinación abierto; b) Reconocer el derecho que tiene toda persona a acudir a los tribunales con el fin de establecer una filiación legal que corresponda a su filiación real; c) Dejar sin efecto la prohibición de investigar la paternidad por ser un rezago del sistema prohibitivo de investigación de la paternidad; d)Lograr el reconocimiento pos-facto de la paternidad extramatrimonial; e) Respetar el derecho del niño a preservar su identidad biológica. Por lo que concluimos que la legislación que impide la investigación de la paternidad, vulnera principios y derechos fundamentales, por lo que requiere de una inmediata reestructuración, a fin de reconocer como único mecanismo para resolver conflictos sobre filiación a las pruebas científicas u otras pruebas genéticas(ADN) con igual o mayor grado de certeza |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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